VolverConvocatoria: ACCIÓN ESTRATÉGICA EN SALUD - PROYECTOS DE DESARROLLO TECNOLÓGICO EN SALUD 2018

Nombre ACCIÓN ESTRATÉGICA EN SALUD - PROYECTOS DE DESARROLLO TECNOLÓGICO EN SALUD 2018
Tipo de ayuda Proyectos I+D+i > Proyectos I+D+i
Ámbito Nacional
Estado de la convocatoria Cerrada
Entidad financiadora INSTITUTO DE SALUD CARLOS III
Naturaleza financiación Pública
Grupo profesional
Especialidad (0 en total)
Documento adjunto Descargar fichero adjunto
Fecha límite Fibao 07/04/2018
Fecha oficial 12/04/2018

Código de la convocatoria:

ISCIII-AES-PI-PDTS-2018

 

Presentación de solicitudes:

Desde el 13/03/2018 00:00h hasta el 12/04/2018 15:00h (horario peninsular).

 

Objeto:

Ayudas para la financiación de proyectos de carácter aplicado cuyo objetivo sea promover la innovación en los centros asistenciales del SNS y la transferencia de soluciones innovadoras, así como la generación de beneficios para la comunidad, permitiendo al mismo tiempo establecer alianzas entre entidades de investigación y empresas del sector farmacéutico, biotecnológico y de tecnologías médicas y sanitarias. Los proyectos podrán presentarse como proyectos individuales o como proyectos coordinados.

Resumen de la convocatoria:

Ayudas para la financiación de proyectos de carácter aplicado cuyo objetivo sea promover la innovación en los centros asistenciales del SNS y la transferencia de soluciones innovadoras, así como la generación de beneficios para la comunidad, permitiendo al mismo tiempo establecer alianzas entre entidades de investigación y empresas del sector farmacéutico, biotecnológico y de tecnologías médicas y sanitarias.

Este tipo de alianzas con entidades empresariales, en ningún caso, implicará ningún tipo de ayuda directa a las mismas con cargo a las subvenciones que pudieran ser concedidas en esta convocatoria.

Los proyectos podrán presentarse como:

  • Proyectos individuales: presentados por una entidad solicitante y a ejecutar por un equipo de investigación liderado por uno investigador.
  • Proyectos coordinados: constituidos por dos o más subproyectos, para su realización por distintas entidades, que deberán justificar adecuadamente en la memoria la necesidad de dicha coordinación para abordar los objetivos propuestos, así como los beneficios esperados de la misma. Cada subproyecto tendrá su equipo y un investigador principal. Uno de los investigadores principales actuará como coordinador y será el responsable del desarrollo del proyecto. Los proyectos coordinados podrán ser convertidos de oficio en proyectos individuales si la coordinación se considerara innecesaria.

 

Requisitos de los solicitantes:

Se establecen como beneficiarios las siguientes personas jurídicas siempre que realicen o gestionen actividad de I+D+I en Biomedicina o en Ciencias y Tecnologías de la Salud:

  • Los Institutos de Investigación Sanitaria acreditados conforme a lo establecido en el RD 339/2004, de 27 de febrero, sobre acreditación de institutos de investigación sanitaria y normas complementarias.
  • Las entidades e instituciones sanitarias públicas con actividad clínico asistencial o sin ella: hospitales, centros de atención primaria, otros centros asistenciales distintos de los anteriores y unidades de la Administración sanitaria.
  • Las entidades e instituciones sanitarias privadas sin ánimo de lucro vinculadas o concertadas al SNS.
  • Los Organismos Públicos de Investigación (OPI).
  • Las universidades públicas, los institutos universitarios y las universidades privadas con actividad demostrada en I+D.
  • Otros centros públicos de I+D vinculados o dependientes de la Administración General del Estado o del resto de las Administraciones públicas y sus organismos, cualquiera que sea su forma jurídica.  
  • Las entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro que realicen y/o gestionen actividades de I+D, generen conocimiento científico o tecnológico o faciliten su aplicación y transferencia. 

Deberá haber una vinculación con empresas u otras entidades públicas o privadas interesadas en el desarrollo y resultados de los proyectos, sin que dicha participación suponga ningún tipo de ayuda directa a las mismas con cargo a las subvenciones que pudieran ser concedidas en esta convocatoria.

 

Cómo se solicita:

La prestación de la solicitud y restante documentación deberá ser realizada mediante este enlace.

Hay dos formas de presentar la solicitud y la documentación necesaria:

  • A través de la aplicación informática, sin certificado electrónico.
  • Registro electrónico del ISCIII, con certificado electrónico.

Forman parte de la solicitud, no siendo subsanables:

  • Formulario normalizado de solicitud.
  • Memoria del proyecto de investigación en castellano empleando exclusivamente el modelo normalizado correspondiente a la AES 2018.
  • Currículum Vitae Abreviado (CVA), generado de forma automática desde el editor CVN.

En los proyectos coordinados y multicéntricos con varios centros beneficiarios, se presentará una solicitud completa por cada uno de los subproyectos.

Además la solicitud debe ir acompañada de:

  • CVN de la FECYT del resto de los miembros del equipo de investigación, con los datos de los últimos siete años de publicaciones.
  • Documentación que acredite la colaboración y vinculación con empresas u otras entidades públicas o privadas interesadas en el desarrollo y los resultados de los mismos (obligatorio).
  • En los proyectos coordinados y multicéntricos con varios centros beneficiarios se deberá cumplimentar, además, el informe de coordinación en modelo normalizado.
  • En el caso de centros privados de I+D, acreditación del tipo de vinculación existente entre el mismo y el investigador responsable, así como su duración.

 

Cuantía:

No se especifica. No se financiarán gastos para la contratación de personal.

 

Duración:

Dos años.

 

Más información:

Orden de bases

Resolución de convocatoria

Base Nacional de Subvenciones

Web de la ayuda

 

En esta modalidad  ni el investigador principal ni los colaboradores podrán figurar en los equipos de proyectos financiados de la modalidad de Proyectos de desarrollo tecnológico en salud de la convocatoria 2017 de la AES.

No se financiarán gastos de contratación de personal. 

Limitaciones en el número de solicitudes y concesiones:

La limitación del número de solicitudes será de un máximo de dos por cada IIS y una en el resto de los casos.