VolverConvocatoria: AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LA CULTURA CIENTÍFICA, TECNOLÓGICA Y DE LA INNOVACIÓN 2018

Nombre AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LA CULTURA CIENTÍFICA, TECNOLÓGICA Y DE LA INNOVACIÓN 2018
Tipo de ayuda Proyectos I+D+i > Proyectos I+D+i
Ámbito Nacional
Estado de la convocatoria Cerrada
Entidad financiadora FECYT, FUNDACION ESPAÑOLA PARA LA CIENCIA Y LA TECNOLOGIA
Naturaleza financiación Pública
Grupo profesional
Especialidad (0 en total)
Fecha límite Fibao 19/04/2019
Fecha oficial 24/04/2019

Código de la convocatoria:

FECYT-PCCI-PI-CAFCCTI-2019

 

Presentación de solicitudes:

Desde el 19/03/2019 00:00h hasta el 24/04/2019 13:00h (horario peninsular).

 

Objeto:

Ayudas al fomento de la cultura científica, tecnológica y de la innovación, que se desarrollen a través de las siguientes líneas de actuación: (1)Cultura científica, tecnológica y de la innovación, (2) Educación y vocaciones científicas, (3) Ciencia ciudadana y (4) Redes de comunicación y divulgación de la ciencia y la innovación. 

Resumen de la convocatoria:

Ayudas al fomento de la cultura científica, tecnológica y de la innovación, que se desarrollen a través de las siguientes líneas de actuación:

Línea de actuación 1. Cultura científica, tecnológica y de la innovación:

Dentro de esta línea de actuación se financiarán proyectos de divulgación y comunicación sobre cualquier temática científica y tecnológica dirigidos a público no especializado y ligados a los valores sociales y económicos de la actividad científica.

Línea de actuación 2. Educación y vocaciones científicas:

Dentro de esta línea de actuación se financiarán proyectos cuyo objetivo sea promover la alfabetización científica entre escolares y jóvenes no universitarios y su interés por las carreras científico-tecnológicas mediante el contacto directo con el método y la práctica investigadora.

Línea de actuación 3. Ciencia ciudadana:

En esta línea se financiarán proyectos que favorezcan la participación ciudadana en el proceso científico a través de actividades de “ciencia ciudadana”, entendida como la investigación realizada en parte o en su totalidad por personas que no se dedican profesionalmente a la ciencia, mediante actividades que pueden ser, entre otras, la recogida de datos o el análisis de los mismos.

Línea de actuación 4. Redes de comunicación y divulgación de la ciencia y la innovación:

  • Modalidad 4.1: Red de Unidades de Cultura Científica y de la Innovación (UCC+i). Desde esta modalidad se dará apoyo al programa de actividades de una UCC+i.
  • Modalidad 4.2: Ferias de la Ciencia. En esta modalidad se financiarán proyectos cuyo objetivo sea la organización de actividades, dirigidas a jóvenes estudiantes no universitarios, y abierta al público, en las que los propios estudiantes presenten los resultados de un proyecto experimental de ciencia y tecnología que han llevado a cabo con el apoyo de sus profesores.

 

Requisitos de los solicitantes:

Podrán ser beneficiarios de las ayuda las siguientes entidades con personalidad jurídica propia, siempre que estén válidamente constituidas y tengan residencia fiscal o establecimiento permanente en España:

  • Organismos públicos de investigación.
  • Universidades públicas, sus Institutos universitarios, y las Universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i.
  • Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud, que desarrollen actividad investigadora.
  • Institutos de investigación sanitaria acreditados.
  • Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal que estén debidamente registrados.
  • Centros públicos de I+D que en sus Estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social tengan a la I+D+i como actividad principal.
  • Centros públicos de I+D que realicen transferencia tecnológica o difusión y divulgación tecnológica y científica. Estas funciones deberán estar definidas en sus Estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social.
  • Centros privados de I+D que tengan definida en sus Estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social a la I+D+i como actividad principal.
  • Centros privados de I+D que realicen transferencia tecnológica o difusión y divulgación tecnológica y científica. Estas funciones deberán estar definidas en sus Estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social.
  • Cualesquiera otras personas jurídicas, públicas o privadas, mercantiles o sin ánimo de lucro, que realicen actividades de I+D+i, o generen conocimiento científico o tecnológico, o faciliten su aplicación y transferencia, o contribuyan a la educación, difusión y divulgación científicas. Estas funciones deberán estar definidas en sus Estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social.

 

Cómo se solicita:

Para la inscripción de una solicitud deberá procederse al alta en el sistema electrónico de participación disponible en la web de la FECYT, cumplimentar en castellano el formulario de solicitud correspondiente y adjuntar la documentación adicional indicada, siguiendo las instrucciones que se establezcan en el sistema.

 

Cuantía:

Máximo 60% del presupuesto total del proyecto, con un límite de 150.000€/proyecto*. 

 

Duración:

Un año (entre el 1 de abril de 2019 y el 30 de junio de 2020).

 

Más información:

Orden de bases reguladoras (NOVEDAD) 

Bases de la convocatoria

Extracto de la convocatoria (publicado en BOE)

Guía de evaluación

Web de la ayuda

 

 

 

 

El plazo para elevar a definitiva una solicitud en el sistema telemático de participación finalizará el 23 de abril de 2019 a las 13:00 horas. Sólo se entenderá debidamente presentada aquella solicitud que haya sido firmada electrónicamente por parte de/los representante/s legal/es de la/s entidad/es solicitante/s antes de las 13:00 horas (hora peninsular española) del 24 de abril de 2019

 

*Presupuesto total de la convocatoria: 3.250.000€, a dividir de la siguiente forma:

  • Línea de actuación 1: máximo 1.200.000€.
  • Línea de actuación 2: máximo 850.000€.
  • Línea de actuación 3: máximo 300.000€.
  • Línea de actuación 4: máximo 900.000€.