VolverConvocatoria: APOYO A CENTROS DE EXCELENCIA "SEVERO OCHOA" Y A UNIDADES DE EXCELENCIA "MARÍA DE MAEZTU" 2016

Nombre APOYO A CENTROS DE EXCELENCIA "SEVERO OCHOA" Y A UNIDADES DE EXCELENCIA "MARÍA DE MAEZTU" 2016
Tipo de ayuda Acciones complementarias > Otros
Ámbito Nacional
Estado de la convocatoria Cerrada
Entidad financiadora MINISTERIO DE ECONOMIA Y COMPETITIVIDAD
Naturaleza financiación Pública
Grupo profesional Atención primaria, Básica, Clínica, Enfermería, Salud Pública
Especialidad ALERGOLOGÍA, ANÁLISIS CLÍNICOS, ANATOMÍA PATOLÓGICA, ANESTESIOLOGÍA Y REANIMACIÓN, ANGIOLOGÍA Y C... (81 en total)
Fecha límite Fibao 01/10/2016
Fecha oficial 06/10/2016

Presentación de solicitudes: 

Desde el 07 de septiembre hasta el 06 de octubre de 2016 a las 15:00h (horario peninsular)


Resumen de la convocatoria:

Convocatoria que tiene por finalidad el fortalecimiento institucional y la potenciación de la proyección internacional de los centros y unidades de investigación que destaquen por la relevancia e impacto a nivel mundial de sus resultados. Para ello se realizarán las siguientes acciones específicas: 

  • Acreditación de centro de investigación como "Centros de Excelencia Severo Ochoa" y la finalización de sus planes estratégicos.
  • Acreditación de unidades de investigación como "Unidades de Excelencia María de Maeztu" y la financiación de programas estratégicos de investigación que ejecuten las unidades beneficiarias. 


Quién puede solicitarla:Requisitos de los Solicitantes:

Podrán ser beneficiarias las entidades con personalidad jurídica que estén válidamente constituidas en España y establecidas en el territorio nacional, dispongan de medios propios para realizar investigación, y que estén incluidas en la siguiente relación:

  • Organismos públicos de investigación.
  • Universidades públicas y privadas, siempre que estas últimas certifiquen los resultados de sus actividades económicas de forma independiente.
  • Otros centros públicos de I+D: Organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o vinculados a las administraciones públicas territoriales y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma jurídica.
  • Otras entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen, con medios propios, actividades de I+D definidas en sus estatutos como actividad principal y que generen conocimientos científico-técnicos de alto impacto y relevancia.

Requisitos específicos de los centros:

  • A efectos de esta convocatoria se entenderá por centro a una organización dedicada a la ejecución directa de la investigación, con personalidad jurídica propia o que, aun careciendo de ella, se haya creado de acuerdo a las normas legales o estatutos de la entidad a la que pertenece. Los centros han de disponer de personal investigador, propio o adscrito, y de una estructura organizativa, administrativa, directiva y gerencial propia. Los centros han de contar con al menos diez investigadores garantes.
  • Estar legalmente constituidos con anterioridad al 1 de enero de 2009, con la excepción de aquellos resultantes de la fusión de otros previamente existentes, en cuyo caso deberán estar constituidos con anterioridad a la fecha de publicación de la presente convocatoria, si bien los centros que dieron lugar a la fusión deben haber sido creados con anterioridad al 1 de enero de 2009.
  • Designar un único director científico y disponer de, al menos, diez investigadores garantes, además del director científico.
  • Haber publicado, durante el período de referencia (desde el 1 de enero de 2011 al 1 de junio de 2015), al menos el 75% del cómputo de todas las publicaciones científicas del personal investigador doctor adscrito al centro durante dicho período.

Requisitos específicos de las unidades:

  • A efectos de esta convocatoria se entenderá por unidad a una estructura de investigación, diferenciada y estable en el tiempo, sin personalidad jurídica propia y que ostente el reconocimiento o aprobación de los órganos de gobierno de la entidad solicitante con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud; disponga de una trayectoria, infraestructuras y recursos de investigación compartidos y de personal investigador, propio o adscrito. Las unidades han de contar con al menos seis investigadores garantes
  • Estar reconocidas o aprobadas de acuerdo con las normas vigentes por la entidad solicitante con anterioridad a la presentación de la solicitud de esta convocatoria.
  • Designar un único director científico y disponer de, al menos, seis investigadores garantes, además del director científico.
  • Haber publicado, durante el período de referencia (desde el 1 de enero de 2011 al 1 de junio de 2015), al menos el 75% del cómputo de todas las publicaciones científicas del personal investigador doctor que integra la unidad.

Requisitos comunes a centros y unidades:

  • El director científico y los investigadores garantes deberán ser funcionarios o tener una vinculación laboral o estatutaria con la entidad solicitante y estar adscritos, con dedicación a tiempo completo, al centro o a la unidad.
  • En el caso de centros y unidades interuniversitarios o mixtos, la vinculación del director científico y de los investigadores garantes podrá referirse a cualquiera de las entidades que han participado en su constitución siempre que exista un acuerdo explícito y nominal de adscripción donde conste la vinculación a tiempo completo.
  • Los investigadores, garantes y no garantes, adscritos al centro o unidad no podrán estar comprendidos en más de una solicitud a la presente convocatoria.
  • Quedan excluidas las solicitudes de centros, unidades o cualquier otra estructura de investigación de carácter virtual o en red.
  • Quedan excluidas las solicitudes de centros o unidades que hayan sido acreditados en la convocatoria 2013 para «Centros/Unidades de Excelencia Severo Ochoa», y en las convocatorias 2014 y 2015 para «Centros de Excelencia Severo Ochoa» y «Unidades de Excelencia María de Maeztu».
  • Quedan excluidas las solicitudes de centros o unidades resultantes de la desagregación de centros o unidades que cuenten, en el momento de presentación de la solicitud a esta convocatoria, con la acreditación «Centro de Excelencia Severo Ochoa» o «Unidad de Excelencia María de Maeztu».
  • Quedan excluidas las solicitudes presentadas por una misma entidad solicitante para dos o más unidades pertenecientes a un mismo departamento universitario.


Cómo se solicita:

Las solicitudes se presentarán electrónicamente a través de la aplicación de solicitud, a la que accederá el director científico del centro o de la unidad, y de firma electrónica, a la que accederá el representante legal de la entidad solicitante.



Encontrará toda la información necesaria para realizar la solicitud en el siguiente enlace


Cuantía:

4.000.000€ para cada "Centro de Excelencia Severo Ochoa". 2.000.000€ para cada "Unidad  de Excelencia María de Maeztu".

Presupuesto total de la convocatoria 40.000.000€. 


Duración:

Cuatro años. Con inicio en 2017.


Criterios de evaluación:

Evaluación de la memoria de actividades. Hasta 100 puntos, con un valor mínimo para que la propuesta sea financiable de 90 puntos:

  • Organización y capacidades de gestión (0-10 puntos).
  • Resultados de la investigación (0-35 puntos).
  • Equipo, medios humanos y materiales disponibles (0-30 puntos).
  • Formación e incorporación de recursos humanos (0-10 puntos).
  • Liderazgo internacional (0-10 puntos).
  • Financiación obtenida de otras fuentes (0-5 puntos).

Evaluación del plan/programa estratégico. Hasta 100 puntos, con un valor mínimo para que la propuesta sea financiable de 90 puntos:

  • Objetivos estratégicos y de investigación (0-40 puntos).
  • Formación e incorporación de recursos humanos (0-25 puntos).
  • Internacionalización y otras colaboraciones (0-15 puntos).
  • Resultados esperados, explotación y difusión (0-10 puntos).
  • Oportunidades y viabilidad (0-10 puntos).  


Más información:

Bases reguladoras

Resolución de Convocatoria

Extracto de la Convocatoria (publicado en BOE)

Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS)

Web de la Ayuda


Gastos subvencionables

Se financiarán gastos de personal, equipamiento e infraestructuras, material fungible, dietas y viajes, organización de actividades científicas, programas de investigadores visitantes, formación, gastos asociados a la propiedad industrial e intelectual, publicaciones, difusión y otros, así como los costes indirectos (15% de los gastos totales de la actuación).