VolverConvocatoria: SUBPROGRAMA IMPULSO TECNOLÓGICO 1/2015

Datos de la convocatoria

Nombre SUBPROGRAMA IMPULSO TECNOLÓGICO 1/2015
Categoría Proyectos de Investigación > Organismos Públicos > Nacional
Estado de la convocatoria Cerrada Cerrada
Entidad financiadora MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO
Fecha interna 15/06/2015
Fecha oficial 18/06/2015
Documento adjunto No hay documento adjunto
Resolución provisional Aun no hay resolución provisional
Resolución definitiva Aun no hay resolución definitiva

Presentación de solicitudes:

Desde el 20 de mayo hasta el 18 de junio de 2015

Resumen de la convocatoria:

Las ayudas de este subprograma se dirigen al impulso de tecnologías con bajo nivel de madurez y alto potencial de transformación del sector TIC mediante la ejecución de proyectos de alto riesgo tecnológico, por parte de una sola entidad.

Podrán recibir ayudas los proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental que:

a) se encuadren en las temáticas:

Industrias del futuro,

Ciberseguridad y confianza digital,

Salud y bienestar,

Agroalimentario y gestión medioambiental, eficiencia energética y transporte y logística, Contenidos digitales.

b) hayan obtenido la acreditación de su pertenencia a alguno de los siguientes clúster TIC de EUREKA: CATRENE, CELTIC, ITEA2 y EURÍPIDES, incluidos en cualquiera de las temáticas anteriores.

Los proyectos pueden contar con subcontrataciones.

Requisitos de los Solicitantes:

Para proyectos que hayan obtenido la acreditación de su pertenencia a alguno de los clúster TIC de EUREKA: Empresas, Organismos de investigación, Agrupaciones o asociaciones empresariales. Para el resto de proyectos: Empresas y Agrupaciones de Interés Económico (AIE).

Las entidades no incluidas como beneficiarios podrán participar en los proyectos como entidades subcontratadas.

Cómo se solicita:

La documentación a presentar en la fase de solicitud es la siguiente: Modelo de solicitud y cuestionario, disponible en el Portal de ayudas alojado en la sede electrónica del Ministerio de Industria, Energía y Turismo. Este modelo incluye: a) Datos de la entidad solicitante y la subvención y el préstamo solicitado. b) Declaraciones responsables sobre el cumplimiento de los requisitos para ser beneficiario de las ayudas. c) Autorización al órgano instructor para recabar de forma directa de los órganos competentes los certificados electrónicos relativos al cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. d)

Cuentas anuales pasadas y futuras. e) Plan de negocio de los años 2015 y 2016. f) Información estructurada sobre el proyecto.

Memoria del proyecto.

Memoria del efecto incentivador.

Poderes de representación del firmante de la solicitud.

Memoria de las cuentas anuales cerradas hasta un máximo de tres anualidades.

Cuando proceda, declaraciones de interés fehacientes por parte de fabricantes, integradores, operadores u otro tipo de entidades.

En el caso de tener identificadas las entidades a subcontratar para el proyecto la documentación específica recogida en la Resolución de Convocatoria.

Cuando no se autorice a la consulta del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, se presentará el certificado correspondiente expedido a efectos de la Ley General de Subvenciones con fecha posterior a la de la consulta realizada por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo a los órganos competentes.

Cuantía:

Sin especificar. Financiación a través de subvención, préstamo o combinación de ambas, por valor calculado según porcentaje del presupuesto financiable, en base a la evaluación del proyecto.

El presupuesto financiable del proyecto debe ser de entre 200.000 y 2.000.000 €. Esta limitación no será de aplicación a los proyectos que hayan obtenido la acreditación de su pertenencia a los clúster TIC de EUREKA.

En cualquier caso los límites máximos aplicables a la cuantía de las ayudas serán los siguientes:

1.º Para los proyectos de investigación industrial, 10.000.000 euros por empresa y por proyecto.

2.º Para todos los demás proyectos, 7.500.000 euros por empresa y por proyecto.

3.º Para los proyectos EUREKA, el doble de los importes anteriormente fijados.

Duración:

Sin especificar. Plazo de ejecución: a) Para proyectos que hayan obtenido la acreditación de su pertenencia a alguno de los clúster TIC de EUREKA: 31 de diciembre de 2018. b) Para el resto de proyectos: 31 de diciembre de 2017. Las ayudas podrán solicitarse para proyectos con ejecución plurianual, siempre que parte del proyecto se realice en el año 2015, y se solicite ayuda para dicho ejercicio.

Criterios de evaluación:

La evaluación será en una fase, según los siguientes criterios:

a) Adecuación a las prioridades temáticas de la AEESD y a los tipos de proyectos susceptibles de ayuda. Criterio excluyente.

b) Innovación tecnológica. Máximo: 20, Umbral: 8

c) Efecto incentivador de la ayuda. Criterio excluyente.

d) Solvencia financiera. Máximo: 20, Umbral: 8

e) Calidad de la entidad/consorcio y del equipo de trabajo. Máximo: 15

f) Plan de trabajo detallado. Máximo: 10

g) Adecuación del presupuesto. Máximo: 10

h) Impacto socioeconómico. Máximo: 15, Umbral: 6

i) Proyección internacional. Máximo: 10

Más información:

Orden Bases Reguladoras

Modificación de Orden de Bases Reguladoras

Resolución de Convocatoria

Web de la Ayuda

Los beneficiarios podrán subcontratar parte de la ejecución del proyecto. Esta subcontratación no podrá superar el 50% del coste de la parte del proyecto que a cada uno le corresponda realizar, con excepción de las entidades sin fines de lucro, para las que el límite se establece en el 95%.

El importe máximo de subvención para los beneficiarios, expresado como porcentaje del presupuesto financiable, siempre que exista disponibilidad presupuestaria, podrá ser del:

a) 50 % para PYMES y del 40 % para el resto de beneficiarios siempre que en la evaluación del criterio de innovación tecnológica se alcance una nota mayor o igual que 17 puntos.

b) 35 % para PYMES y del 25 % para el resto de beneficiarios siempre que en la evaluación del criterio de innovación tecnológica se alcance una nota mayor o igual que 13 puntos.

c) 30 % para PYMES y del 20 % para el resto de beneficiarios siempre que en la evaluación del criterio de innovación tecnológica se alcance una nota mayor o igual que 8 puntos.

Los préstamos tendrán las siguientes características:

a) Plazo máximo de amortización de cinco años, incluidos hasta dos años de carencia.

b) Su importe podrá complementar la subvención hasta el 100 por cien del coste financiable del proyecto y se establecerá en la solicitud de ayuda pudiendo ser minorado mediante alegación a la propuesta de resolución provisional.

c) El tipo de interés aplicable será del 0,180 %.