VolverConvocatoria: AYUDAS A LA MOVILIDAD PREDOCTORAL PARA LA REALIZACIÓN DE ESTANCIAS BREVES EN CENTROS DE I+D 2015

Datos de la convocatoria

Nombre AYUDAS A LA MOVILIDAD PREDOCTORAL PARA LA REALIZACIÓN DE ESTANCIAS BREVES EN CENTROS DE I+D 2015
Categoría Recursos Humanos > Movilidad
Estado de la convocatoria Cerrada Cerrada
Entidad financiadora MINISTERIO DE ECONOMIA Y COMPETITIVIDAD
Fecha interna 10/07/2015
Fecha oficial 15/07/2015
Documento adjunto No hay documento adjunto
Resolución provisional Aun no hay resolución provisional
Resolución definitiva Aun no hay resolución definitiva

Presentación de solicitudes:

Desde el 26 de junio hasta el 15 de julio de 2015 a las 15:00h (horario peninsular)

Resumen de la convocatoria:

Ayudas a la movilidad predoctoral para la realización de estancias breves en centros de I+D, destinadas a la financiación de estancias en el año 2016, por parte del personal investigador en formación, en Centros de I+D diferentes a los que estén adscritos con el fin de que dicho personal pueda realizar actividades beneficiosas para mejorar su formación así como impulsar el desarrollo de su tesis. Las estancias deberán asegurar un grado de movilidad y/o internacionalización a la que no se hubiera accedido por formación académica anterior o por otros factores tales como residencia o nacionalidad, y en ningún caso ocasionar un retraso en la finalización de los estudios de doctorado. Las ayudas se podrán solicitar para estancias en otros centros de I+D, públicos o privados, incluyendo empresas, extranjeros o españoles, siempre que los centros estén ubicados en una localidad distinta a la del centro en que se desarrolla la actividad.

Requisitos de los Solicitantes:

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los centros de I+D de adscripción del personal investigador en formación de las convocatorias 2013 y 2014 de ayudas para contratos predoctorales para la formación de doctores y de anteriores convocatorias de las ayudas para la formación de personal investigador en el marco del Subprograma FPI, del Ministerio de Economía y Competitividad, independientemente de la situación jurídica, beca o contrato, en la que se encuentre el personal investigador en formación.

Dentro de las ayudas para contratos predoctorales, en el caso de las ayudas «Severo Ochoa» para la formación de doctores en los Centros/Unidades de Excelencia Severo Ochoa, únicamente se incluye la convocatoria 2013.

Adicionalmente, los centros de I+D deberán cumplir las condiciones recogidas en el artículo 3.a) de la Orden de Bases Reguladoras.

Cómo se solicita:

Las solicitudes de participación en estas ayudas serán presentadas por los centros de I+D de adscripción de las ayudas de formación del personal investigador a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la sede electrónica https://sede.micinn.gob.es/ del Ministerio de Economía y Competitividad.

Salvo que ya estuviera inscrito anteriormente, es necesario que con carácter previo a la presentación de la solicitud el representante legal de la entidad se inscriba en el Registro Unificado de Solicitantes. Previamente, el investigador realizará la cumplimentación del formulario electrónico de solicitud correspondiente a la estancia, disponible en la sede electrónica del Ministerio de Economía y Competitividad. El plazo para la cumplimentación y firma por el investigador del formulario electrónico de solicitud será del 26 de junio de 2015 al 10 de julio de 2015, a las 15:00 horas.

El representante legal de la entidad solicitante, después de supervisar cada petición en la aplicación telemática de solicitud, cumplimentará la información requerida en la solicitud. Una vez finalizada la cumplimentación, validará y enviará telemáticamente la solicitud.

El formulario de solicitud a cumplimentar consta de los siguientes apartados:

- Instancia de solicitud.

- Relación de investigadores propuestos para disfrutar de una estancia breve, donde se indicará entre otros los datos personales y la duración de la estancia solicitada.

- Formulario de estancia, que será cumplimentado telemáticamente por cada uno de los investigadores incluidos en la relación de investigadores propuestos.

Con la solicitud se adjuntará en formato electrónico, por parte de cada investigador:

- Curriculum Vitae actualizado, en idioma español o inglés.

- Memoria en la que conste el programa de trabajo a realizar durante la estancia, el historial del grupo receptor, el impacto previsto de la estancia e información de otras estancias anteriores. La memoria se cumplimentará utilizando el modelo disponible en la página web del Ministerio de Economía y Competitividad.

El representante legal de la entidad solicitante deberá completar la presentación de la solicitud mediante su firma electrónica.

Cuantía:

Según destino.

Ayudas para estancia (alojamiento y manutención): 25 €/día en España y máximo 60 €/día en el extranjero; y Ayuda para viaje: máximo 150 € en España y máximo 1.000 € en el extranjero.

Duración:

Entre dos y cuatro meses. En un único periodo y dentro del año 2016. Las estancias podrán disfrutarse únicamente durante la vigencia de la ayuda para la formación del personal investigador.

Criterios de evaluación:

Se valorará el impacto, la idoneidad y la duración de las estancias solicitadas en la mejora de la formación del personal investigador y en el desarrollo de su tesis conforme a criterios tales como el perfil del candidato, la calidad del grupo receptor y el centro de destino y el interés, viabilidad y oportunidad de la actividad a realizar en la estancia.

Más información:

Orden de Bases Reguladoras

Orden Modificación de Bases Reguladoras I

Orden Modificación de Bases Reguladoras II

Resolución de Convocatoria

Web de la Ayuda

IMPORTANTE

El plazo para la cumplimentación y firma por el investigador del formulario electrónico de solicitud será del 26 de junio de 2015 al 10 de julio de 2015, a las 15:00 horas. Incompatibilidades

La ayuda para el viaje podrá ser compatible con las obtenidas para el mismo fin en cualquier otra convocatoria de entidades públicas o privadas, siempre que el importe conjunto de las mismas no supere el coste de la actividad financiada. La ayuda para la estancia no podrá ser compatible con las obtenidas para el mismo fin en cualquier otra convocatoria de entidades públicas o privadas.