VolverConvocatoria: ACCIONES DE DINAMIZACIÓN “PROYECTOS EUROPA EXCELENCIA” 2015-2

Datos de la convocatoria

Nombre ACCIONES DE DINAMIZACIÓN “PROYECTOS EUROPA EXCELENCIA” 2015-2
Categoría Proyectos de Investigación > Organismos Públicos > Nacional
Estado de la convocatoria Cerrada Cerrada
Entidad financiadora MINISTERIO DE ECONOMIA Y COMPETITIVIDAD
Fecha interna 27/07/2015
Fecha oficial 30/07/2015
Documento adjunto No hay documento adjunto
Resolución provisional Aun no hay resolución provisional
Resolución definitiva Aun no hay resolución definitiva

Presentación de solicitudes:

Desde el 16 de julio hasta el 30 de julio de 2015 a las 15:00h (horario peninsular)

Resumen de la convocatoria:

El objetivo de estas ayudas es potenciar la participación española en el subprograma “Consolidator Grants” del programa Horizonte 2020 gestionado por el Consejo Europeo de Investigación (ERC). Se trata de proyectos de investigación científico-técnicos relacionados con los objetivos de las propuestas remitidas y evaluadas positivamente y consideradas elegibles por el ERC, pero que por razones presupuestarias no han podido ser finalmente financiadas por dicho organismo.

La finalidad de estas acciones de dinamización es impulsar la internacionalización de las actividades de I+D y contribuir al avance del conocimiento para afrontar los desafíos que la investigación española tiene en el contexto del Espacio Europeo de Investigación, fomentando la participación de investigadores con trayectorias científicas prometedoras.

Requisitos de los Solicitantes:

Los proyectos deberán haberse presentado a la convocatoria 2014 en la modalidad «Consolidator Grants» del ERC, haber sido seleccionados para la segunda etapa de evaluación, haber obtenido la calificación A y no haber sido financiados.

Requisitos del IP:

- Ser doctor, pertenecer a la plantilla de la entidad beneficiaria o asociada como personal investigador, mediante una relación funcionarial, estatutaria o laboral (indefinida o temporal) que cubra, al menos, el plazo de ejecución del proyecto.

- Encontrarse en servicio activo y realizar actividad investigadora.

- Contar con una jornada laboral en la entidad solicitante o asociada a tiempo completo o a tiempo parcial de un mínimo de 800 horas anuales.

- Coincidir con el solicitante de la ayuda «Consolidator Grants».

Cómo se solicita:

Las solicitudes se presentarán electrónicamente a través de las aplicaciones de solicitud y de firma electrónica, disponibles en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación.

El investigador principal deberá cumplimentar el formulario electrónico de la solicitud que contendrá, además de los datos identificativos del proyecto y de la entidad solicitante, otra información y documentación que se detalla en la resolución de la convocatoria.

Cuantía:

Máximo 75.000 €.

Duración:

Un año. En todo caso, la fecha de inicio no podrá ser anterior a 1 de enero de 2015.

Criterios de evaluación:

- Calidad científico-técnica, relevancia y viabilidad de la propuesta. 40%.

- Calidad, trayectoria y adecuación del equipo de investigación. 30%.

- Impacto científico-técnico o internacional de la propuesta. 30%.

Más información:

Orden Bases Reguladoras

Resolución de Convocatoria

Web de la Ayuda

IMPORTANTE

Las ayudas reguladas en esta convocatoria serán compatibles con la percepción de otras subvenciones o ayudas procedentes de cualesquiera de las administraciones o entes públicos o privados, nacionales, internacionales, o de la Unión Europea, siempre que el importe conjunto de las mismas sea de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas, no supere el coste de la actividad financiada La participación como investigador principal en esta convocatoria es incompatible con ser o haber sido investigador principal en un proyecto concedido en la convocatoria 2014 de acciones de dinamización Proyectos Europa Excelencia Conceptos susceptibles de ayuda

Los presupuestos de las ayudas se presentarán en la modalidad de costes marginales para el concepto único de costes directos de ejecución sea cual sea la condición del beneficiario. Las ayudas podrán financiar hasta el 100 por 100 de los costes marginales solicitados.

En el concepto de costes directos serán elegibles los siguientes gastos: Gastos de personal. ; Gastos de adquisición, alquiler, mantenimiento o reparación de equipamiento científico-técnico, incluyendo equipos informáticos, programas de ordenador de carácter técnico y material bibliográfico. ; Material fungible, suministros y productos similares, excluyendo el material de oficina. ; Costes de utilización y acceso a Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares (ICTS). ; Gastos de viajes y dietas, inscripción y asistencia a congresos y conferencias, visitas y estancias breves de investigadores. ; Costes de solicitud y otros gastos de mantenimiento de derechos de propiedad industrial e intelectual derivados de la actuación. ; Costes de patentes y conocimientos técnicos adquiridos y obtenidos por licencia de fuentes externas a precios de mercado. ; Gastos derivados del asesoramiento y apoyo técnico a la investigación, innovación y transferencia de resultados. ; Gastos de publicación y difusión de resultados, incluidos aquellos que pudieran derivarse de la publicación en revistas de acceso abierto. ; Gastos derivados de la internacionalización de la actividad y otros gastos relacionados con actividades de colaboración con otros grupos nacionales e internacionales. ; Gastos derivados de actividades de formación de corta duración imprescindibles para la ejecución del proyecto y de organización de actividades científico-técnicas. ; Gastos de subcontratación de actividades objeto de ayuda de hasta un 25 % de la cuantía total de la ayuda concedida. ; Gastos derivados del preceptivo informe de auditoría requerido en caso de cambio de entidad beneficiaria, con un límite de 1.200 euros. ; Otros gastos directamente relacionados con la ejecución del proyecto.

No se financiará el concepto de costes indirectos.