VolverConvocatoria: FORMACIÓN DE PERSONAL INVESTIGADOR 2013 - Vinculado a PI Excelencia 2011

Datos de la convocatoria

Nombre FORMACIÓN DE PERSONAL INVESTIGADOR 2013 - Vinculado a PI Excelencia 2011
Categoría Recursos Humanos > Contratación
Estado de la convocatoria Cerrada Cerrada
Entidad financiadora CONSEJERIA DE ECONOMIA, INNOVACION, CIENCIA Y EMPLEO
Fecha interna 22/07/2013
Fecha oficial 26/07/2013
Documento adjunto No hay documento adjunto
Resolución provisional Aun no hay resolución provisional
Resolución definitiva Aun no hay resolución definitiva

Plazo de presentación de solicitudes:

Desde el 12 de julio HASTA EL 26 DE JULIO DE 2013

Resumen de la convocatoria:

Convocatoria por la que se instrumenta el procedimiento de selección de carácter autonómico del personal investigador en formación adscrito a proyectos de investigación de excelencia incentivados con cargo a la convocatoria de 2011 de las universidades y organismos de investigación de Andalucía.

El personal investigador en formación deberá desarrollar el periodo de investigación del programa de doctorado en el ámbito del equipo de investigación y del proyecto en el que ha sido seleccionado, con el fin de obtener del título de doctor.

Requisitos de los Solicitantes:

Estar admitido en el período de investigación de un programa de doctorado o ser admitido con anterioridad a dictar la Resolución (estas solicitudes serán evaluadas con carácter provisional). Estar en posesión de un título universitario oficial español, o de otro país integrante del Espacio Europeo de Educación Superior, que habilite para el acceso a Máster, y haber superado un mínimo de 300 créditos EC TS en el conjunto de estudios universitarios oficiales, de los que, al menos 60, habrán de ser de nivel de Máster. Estar en posesión de un título oficial español de Graduado o Graduada, Licenciatura, Arquitectura, Ingeniería, Grado universitario con al menos 300 créditos EC TS o Máster Universitario, o equivalente.

Haber finalizado los estudios conducentes a su titulación en los seis años anteriores a la fecha de la convocatoria, con excepción de los solicitantes que estén en posesión del título oficial de especialidad en Medicina, Farmacia, Biología, Química o Psicología (MIR, FIR, BIR, QUI R o PIR), en cuyo caso el plazo será de diez años anteriores a la fecha de convocatoria.

Haber obtenido titulación superior o de grado en el caso de titulaciones del Espacio Europeo de Educación Superior en diez años anterior a la convocatoria, cuando la persona solicitante haya dedicado: 1.º A la atención y al cuidado de hijos menores de cinco años o de familiares en primer grado de consanguinidad, en casos de grave necesidad. 2.º A la colaboración con alguna Organización no Gubernamental (ONG) o que acrediten haber trabajado en una empresa o Institución.

No disfrutar o haber disfrutado de otros incentivos equivalentes destinados a la realización de programas de doctorado o a la lectura de la tesis doctoral.

Cómo se solicita:

El formulario para la cumplimentación de la correspondiente solicitud está disponible en la siguiente dirección de internet

Los candidatos deberán cumplimentar de forma telemática mediante certificado electrónico el formulario disponible en http://www.juntadeandalucia.es/economiainnovacionyciencia/oficinavirtual/

Los candidatos deberán cumplimentar un formulario por cada plaza solicitada y priorizar todas sus solicitudes cumplimentando debidamente la casilla prevista en la solicitud a estos efectos.

Debe ir acompañado en formato pdf y con un límite de 4 Mb de la siguiente documentación:

a) Currículum vitae.

b) Título Oficial de los estudios cursados o resguardo de haberlo solicitado.

c) Certificación académica oficial.

d) Documentación acreditativa de estar admitido al periodo de investigación de un programa de doctorado o documento que acredite el compromiso de aportar dicha admisión antes de dictar la resolución de concesión en el caso de ser seleccionado.

e) Copia del pasaporte en vigor, en el caso de ciudadanos extranjeros no residentes en territorio español.

f) Título oficial de Especialidad Médica (MIR) o Farmacéutica (FIR) o Certificado oficial de Especialidad en Biología, (BIR), en Química (QUI R) o Psicología (PIR) en el caso de que las personas solicitantes posean alguna o algunas de las citadas titulaciones.

g) Libro de familia, en el caso de que las personas solicitantes se encuentren en el supuesto de cuidado de hijos y/o documentación acreditativa de la grave necesidad en caso cuidado de familiares.

h) Certificado de la ONG o de la empresa donde hayan prestado sus servicios y vida laboral en su caso.

i) Certificación acreditativa del grado de discapacidad, en su caso. Para las personas solicitantes que estén en posesión de un título expedido por centros extranjeros consulte la resolución para más detalles sobre la documentación a presentar.

Cuantía:

Según resolución de concesión. Para más información puede consultar la web de la ayuda.

Duración:

Tres años.

Criterios de evaluación:

En una primera fase se habilitará a los investigadores e investigadoras principales de los proyectos incentivados una aplicación informática para valorar el currículum vitae de los solicitantes. Se puntuará cada una de las solicitudes de acuerdo con lo siguiente:

Adecuación alta: 5 puntos.

Adecuación media: 2,5 puntos.

Adecuación baja: 1 punto.

No se adecua al proyecto: 0,1.

En una segunda fase, la Comisión de Selección valorará y puntuará con un máximo de 5 puntos el expediente académico del solicitante. Para valorar los expedientes se podrá fijar una nota media mínima que con carácter general no podrá se inferior a 1,50. Para aquellos solicitantes que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33% se multiplicará su expediente académico por 1,1.

La puntuación total se obtendrá de la suma de la puntuación obtenida en ambas fases y podrá acordarse una puntuación mínima para poder optar a las plazas ofertadas.

Más información:

Convocatoria

Web de la ayuda

IMPORTANTE

Esta actividad será incompatible con cualquier otra retribución o incentivo financiado con fondos públicos o privados españoles o comunitarios, no autorizada expresamente por la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, previo informe del Vicerrectorado de Investigación de la Universidad donde se integre. Asimismo esta actividad será incompatible con sueldos o salarios que impliquen vinculación contractual o estatutaria de la persona interesada

El personal investigador en formación no podrá dedicar más de noventa horas durante cada curso académico, como parte de su formación, a la colaboración en actividades docentes relacionadas con su trabajo de investigación