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Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación (2014-2020)

Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación (2014-2020)

Acuerdo de 17 de diciembre de 2013, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la formulación del Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación (2014-2020) (BOJA de 9 de enero de 2014). 

La Junta de Andalucía es consciente que traspasada la primera década del siglo XXI e inmersos en una profunda crisis, estructural, económica, social y política, el desarrollo científico y tecnológico y en definitiva el avance del conocimiento, son más que nunca decisivos para garantizar progreso económico y bienestar ciudadano.

Por ello, es necesario sentar las bases de un nuevo modelo económico basado en el conocimiento y en la innovación, que haga un uso más racional y eficaz de los recursos materiales y humanos, conducente a la creación de empleo, el desarrollo sostenible y la cohesión social.

Ante este reto, la Unión Europea ha definido la Estrategia Europea 2020 para convertir Europa en una economía cimentada en un crecimiento inteligente, sostenible e integrador, consolidando el conocimiento y la innovación como motores del crecimiento futuro.

Innovar es transformar la investigación y el conocimiento en riqueza económica y social. Esto implica una inversión y, como consecuencia de la misma, un efecto multiplicador de generación de valor añadido y empleo a través de la cadena productiva en el resto de la economía.

En esta línea ha sido presentado el nuevo Programa Marco de I+D+i "Horizonte 2020" para el período 2014-2020 por la Unión Europea, enfocado prioritariamente a la resolución de los problemas de la sociedad, poniendo en marcha un enfoque interdisciplinar para intentar dar respuestas innovadoras a los grandes retos de la sociedad actual.

El Consejo de Ministros, en su reunión de 1 de febrero de 2013, aprobó la Estrategia Española de Ciencia, Tecnología e Innovación, informada favorablemente por el Consejo de Política Científica, Tecnológica y de Innovación, donde están representadas todas las Comunidades Autónomas. Esta Estrategia recoge una visión general del Sistema, definiendo los grandes objetivos a alcanzar a nivel del Estado, así como los ámbitos de actuación de las Administraciones Públicas durante los próximos seis años.

En consonancia con estos principios, el Consejo de Gobierno, en su reunión de 18 de diciembre de 2012, acordó la formulación de la Estrategia de Innovación de Andalucía para el período 2014-2020, que tiene como finalidad impulsar la innovación como factor de crecimiento y como base para una reorientación del modelo productivo en Andalucía, mediante la identificación de áreas y prioridades de especialización.

Este planteamiento del Gobierno Andaluz coincide con el establecido por la Comisión Europea sobre la necesidad de formular una estrategia de impulso y apoyo a la innovación. De esta forma, la denominada "Estrategia de investigación e innovación para la especialización inteligente" (RIS3) es un referente para Andalucía, dentro del proceso de planificación y programación económica para el período 2014-2020.

Como consecuencia y en coordinación con esta estrategia, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 58.2.1.º y 3.c) del Estatuto de Autonomía para Andalucía, ha de plantearse el nuevo Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación 2014-2020 (PAIDI) como instrumento de planificación y coordinación de las políticas de Ciencia, Tecnología e Innovación en Andalucía, continuador del actual PAIDI que culmina su período de vigencia en 2013 y teniendo en cuenta las recomendaciones recogidas en la evaluación externa del PAIDI llevada a cabo por el Instituto de Estudios Sociales Avanzados.

La experiencia de los últimos años con el Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación (PAIDI) y el Plan Director de Innovación y Desarrollo Tecnológico para Andalucía (PLADIT) y las directrices más recientes aprobadas en los ámbitos nacional y europeo, aconsejan que deban integrarse la investigación fundamental, el desarrollo tecnológico, la innovación y competitividad empresarial, para dar respuestas a las necesidades y retos sociales que repercutan en un desarrollo económico y social sostenible y en la calidad de vida de los ciudadanos.

En los últimos años y, gracias en buena parte a esta planificación de las políticas de I+D+i, los investigadores andaluces han incrementado la internacionalización de su actividad y, en particular, en el 7.º Programa Marco de la Unión Europea, cuyo resultado ha sido la consolidación, no sólo en ámbito nacional, sino también en el internacional, de una comunidad científica y tecnológica altamente cualificada y competitiva capaz de enfrentarse a los retos sociales, siendo necesario ahora un mayor esfuerzo en la imbricación con su entorno productivo y empresarial, facilitando la transferencia del conocimiento generado y traduciéndolo en crecimiento económico y empleo. Sin duda, Andalucía parte de una base sólida pero con gran potencialidad para continuar creciendo de cara al nuevo marco de investigación europeo Horizonte 2020.

Andalucía no debe perder el ritmo de convergencia con España y otras regiones europeas en materia de I+D+i, iniciada con éxito hace más de dos décadas, y que ha supuesto un avance de más de un 15% sólo en los últimos 10 años. Por tanto, se considera imprescindible y siendo congruente con los planteamientos expuestos, seguir apostando por el avance del conocimiento y su puesta en valor con la aprobación de un nuevo Plan de I+D+i con horizonte 2020, en consonancia con el artículo 29 Vínculo a legislación de la Ley 16/2007 de 3 de diciembre, Andaluza de la Ciencia y el Conocimiento, que determina la planificación como instrumento de programación, fomento y evaluación de las políticas establecidas por el Consejo de Gobierno, las cuales deben estar orientadas a la mejora de la cohesión social y territorial, al impulso de la competitividad empresarial y a la rentabilidad social, económica y ambiental de la ciencia, así como con el resto de medidas puestas en marcha por el Gobierno Andaluz en este sentido.

En su virtud, de conformidad con el artículo 27.13 Vínculo a legislación de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta del Consejero de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 17 de diciembre de 2013,


ACUERDA


Primero. Formulación del Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación (2014-2020).

Se acuerda la formulación del Plan de Investigación, Desarrollo e Innovación de Andalucía, en adelante PAIDI, cuya elaboración y aprobación se realizará conforme a las determinaciones y disposiciones establecidas en el presente Acuerdo.


Segundo. Objetivos del Plan.

El PAIDI constituye el principal instrumento de programación, coordinación, dinamización y evaluación de la política de Investigación, Desarrollo Tecnológico y de Innovación de la Junta de Andalucía y, como tal, asume y resalta la importancia del fomento de la I+D+i como motor del cambio social y de la modernización de Andalucía, a la vez que establece una serie de actuaciones prioritarias y estratégicas para el desarrollo de la sociedad andaluza.

Los objetivos generales del Plan deben estar enfocados a fomentar la excelencia científica como base futura de la competitividad, impulsar la internacionalización del Sistema de I+D+i, facilitar un entorno innovador como apoyo al sector empresarial, así como contribuir a la reorientación del modelo productivo andaluz.


Tercero. Contenidos del Plan.

El Plan incluirá, al menos, los siguientes contenidos:

a) Introducción y antecedentes.

b) Diagnóstico del Sistema Andaluz de I+D+i.

c) Objetivos generales.

d) Objetivos específicos e indicadores de resultado.

e) Programas y acciones estratégicas.

f) Marco financiero.

g) Coordinación, seguimiento y evaluación.


Cuarto. Proceso de elaboración y aprobación.

1. Se crea la Comisión de Redacción, presidida por la persona titular de la Dirección General de Investigación, Tecnología y Empresa de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo e integrada por un representante de las siguientes Consejerías: Hacienda y Administración Pública; Igualdad, Salud y Políticas Sociales; Educación, Cultura y Deporte; Fomento y Vivienda; Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural; Medio Ambiente y Ordenación del Territorio; y Turismo y Comercio.

Actuará como Secretario de esta Comisión el actual titular de la Secretaría del Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación.

Corresponden a la Comisión de Redacción del Plan las siguientes funciones:

a) Informar cuantos documentos se sometan a su consideración durante el procedimiento de redacción del Plan.

b) Informar la propuesta del Plan una vez concluida su redacción, antes de iniciar su tramitación.

c) Informar las modificaciones que se introduzcan en la propuesta del Plan como consecuencia de los trámites de información pública y de audiencia.

2. La Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, a propuesta de la Comisión de Redacción, elaborará un borrador inicial del Plan, que trasladará a todas las Consejerías de la Junta de Andalucía para su análisis y observaciones.

3. De acuerdo con lo establecido en el artículo 80.f) del Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades, aprobado por Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero Vínculo a legislación, se enviará la propuesta del Plan para su información, al Consejo Andaluz de Universidades.

Así mismo, se remitirá a las Universidades, Centros Públicos de Investigación y demás Agentes del Conocimiento acreditados para la aportación de sugerencias y observaciones.

4. La propuesta del Plan será remitida a la Consejería de Hacienda y Administración Pública y a la Dirección General de Autónomos y Planificación para su análisis y evaluación en el marco de la planificación económica regional, de acuerdo con lo previsto en el artículo 12.2.m) Vínculo a legislación del Decreto 149/2012, de 5 de junio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.

5. Posteriormente, la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo elevará la propuesta del PAIDI al Consejo de Gobierno para su aprobación definitiva mediante Acuerdo, dando cuenta del mismo al Parlamento.

6. Se faculta al Consejero de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo para la ejecución y desarrollo del presente Acuerdo.

7. El presente Acuerdo surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.