Nombre | APOYO A CENTROS DE EXCELENCIA “SEVERO OCHOA” Y A UNIDADES DE EXCELENCIA “MARÍA DE MAEZTU" 2021 |
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Tipo de ayuda | Otros > Otros |
Ámbito | Nacional |
Estado de la convocatoria | Cerrada |
Entidad financiadora | AGENCIA ESTATAL DE INVESTIGACIÓN |
Naturaleza financiación | bbpxc3xbablica |
Grupo profesional | |
Especialidad | (0 en total) |
Fecha límite Fibao | 17/02/2022 |
Fecha oficial | 22/02/2022 |
Código de la convocatoria:
MINECO-PFIT-AC-CENSO-2022
Presentación de solicitudes:
Desde el 31/01/2022 00:00h hasta el 22/02/2022 15:00h (horario peninsular).
Objeto:
Convocatoria que tiene como finalidad el fortalecimiento institucional y la potenciación de la proyección internacional de centros y unidades de investigación, mediante su acreditación como Centros de Excelencia Severo Ochoa o Unidades de Excelencia María de Maeztu y financiación de sus planes estratégicos. Además, se otorgará financiación, sin acreditación, a centros y unidades para que ejecuten algunas acciones de alto impacto que les permitan un mejor posicionamiento en futuras convocatorias.
Resumen de la convocatoria:
Convocatoria que tiene como finalidad el fortalecimiento institucional y la potenciación de la proyección internacional de los centros y unidades de investigación, pertenecientes o participadas por entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro, existentes en España y que destaquen por la relevancia e impacto de sus resultados a nivel mundial.
Para la consecución de esta finalidad, la convocatoria promueve:
- La acreditación de centros de investigación como «Centros de Excelencia Severo Ochoa» y la financiación de los planes estratégicos que ejecuten dichos centros destinados a:
- Fortalecer sus capacidades científicas y estratégicas.
- Potenciar su liderazgo internacional.
- Impulsar la agregación de capacidades científico-técnicas, incluyendo la colaboración interna, así como con otros centros, unidades y con el tejido empresarial.
- Mejorar la generación de resultados de alto impacto científico, social y económico.
- Contribuir a la formación, atracción e incorporación de talento.
- Actuar como agentes tractores en el Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación.
- La acreditación de unidades de investigación como «Unidades de Excelencia María de Maeztu» y la financiación de los programas estratégicos de investigación de frontera que ejecuten dichas unidades destinados a:
- Fortalecer sus capacidades científicas.
- Impulsar la especialización de la investigación.
- Potenciar la agregación de capacidades científico-técnicas a través de la colaboración interna así como con otros centros, unidades y con el tejido empresarial.
- Mejorar la generación de resultados de alto impacto científico, social y económico.
- Contribuir a la formación y atracción de talento.
- Actuar como agentes tractores en el conjunto del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación.
- La financiación, sin acreditación, de centros y unidades que ejecuten algunas acciones de alto impacto de las comprendidas en sus planes estratégicos o programas estratégicos de investigación, y que les permitan un mejor posicionamiento en futuras convocatorias.
Requisitos de los solicitantes:
Podrán ser beneficiarias las entidades con personalidad jurídica que estén válidamente constituidas en España y establecidas en el territorio nacional, dispongan de medios propios para realizar investigación, y que estén incluidas en la siguiente relación:
- Organismos públicos de investigación (según Ley de la Ciencia).
- Universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i.
- Otros centros públicos de I+D no descritos en los párrafos anteriores y centros privados de I+D+i sin ánimo de lucro. Estos centros deberán tener definida la I+D+i como actividad principal en sus estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social, realizar directamente y con medios propios actividades de I+D y generar, a través de la investigación, conocimientos científico-técnicos de alto impacto y relevancia.
Una misma entidad podrá presentar solicitudes distintas para los centros o unidades pertenecientes a su organización que cumplan los requisitos de la convocatoria.
Requisitos específicos de los centros:
A efectos de esta convocatoria se entenderá por centro a una organización dedicada a la ejecución directa de la investigación, con personalidad jurídica propia o que, careciendo de ella, se haya creado como tal de acuerdo a las normas legales o estatutos de la entidad a la que pertenece, que reúna los siguientes requisitos:
- Estar legalmente constituido desde, al menos, el 1 de enero de 2014, con la excepción de aquellos centros resultantes de la fusión de otros previamente existentes, en cuyo caso deberán estar constituidos con anterioridad a la fecha de publicación de la presente convocatoria, si bien los centros que dieron lugar a la fusión deberán haber sido creados desde, al menos, el 1 de enero de 2014.
- Disponer de personal investigador propio o adscrito conforme a las correspondientes normas legales o estatutos y de una estructura organizativa, administrativa, directiva y gerencial propia.
- Además, se incluyen expresamente en esta definición siempre que cumplan los requisitos anteriores:
- Los institutos y consorcios universitarios e interuniversitarios con personalidad jurídica propia.
- Los centros e institutos de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC).
- Los centros o institutos mixtos, que cuenten con una unidad gerencial propia o compartida diferenciada y una localización para todo el centro o instituto.
- El Instituto de Astrofísica de Canarias (IAC).
- Designar a un director o directora científica y a diez investigadores/as garantes, además del director o directora científica, que cumplan los requisitos establecidos en esta convocatoria.
Requisitos específicos de las unidades:
A efectos de esta convocatoria se entenderá por unidad a la estructura de investigación, diferenciada y estable en el tiempo, sin personalidad jurídica propia, que reúna los siguientes requisitos:
- Contar con el reconocimiento o aprobación, formal y documentado, de los órganos de gobierno de la entidad a la que pertenezca y, cuando proceda, haber sido creado por el organismo competente, de acuerdo con las normas legales o estatutos de dicha entidad o con la normativa que regule su creación, desde, al menos, el 1 de enero de 2017.
- Disponer de una trayectoria de investigación compartida, articulada desde el punto de vista científico y demostrable al menos durante el período de referencia (desde el 1 de enero de 2017 hasta el 30 de junio de 2021).
- Disponer de infraestructura y recursos científicos compartidos por todos/as los/as investigadores/as que integran la unidad, que permitan la consolidación y el desarrollo de un programa estratégico de investigación de frontera común y de actividades formativas.
- Disponer de una plantilla de investigadores/as doctores/as adscritos/as a la unidad. Al menos el 80% de dicho personal investigador de la unidad deberá ser personal propio de la entidad solicitante. Hasta el 20% restante del personal investigador podrá pertenecer a otras entidades y deberá estar adscrito formalmente a la unidad.
- Se incluyen expresamente en esta definición, siempre que cumplan los requisitos anteriores, los departamentos universitarios, los institutos de investigación, universitarios e interuniversitarios, sin personalidad jurídica y los departamentos de los organismos públicos de investigación, con la excepción del CSIC y el IAC, y de los centros o institutos mixtos.
- Designar a único director o directora científica y a seis investigadores garantes, además del director o directora científica, que cumplan los requisitos establecidos en esta convocatoria
Cómo se solicita:
Las solicitudes serán tramitadas íntegramente a través de la sede electrónica del Ministerio.
Al formulario electrónico de solicitud, el director o directora científica deberá adjuntar la siguiente documentación obligatoria:
- «Curriculum vitae» abreviado (CVA) del director o directora científica.
- Documentación acreditativa de la constitución del centro o, en el caso de las unidades, del reconocimiento o de la aprobación formal, o de la creación de las mismas por los órganos de gobierno de la entidad a la que pertenezca u organismo competente en materia de creación.
- Anexo de la memoria de las actividades científico-técnicas del centro o de la unidad durante el periodo de referencia.
- En el caso de centros, anexo del plan estratégico y, en el caso de unidades, anexo del programa estratégico de investigación.
- Memoria de actividades de alto impacto de entre las comprendidas en el plan estratégico, en el caso de los centros, o en el programa estratégico de investigación, en el caso de unidades, a desarrollar durante un año, que contribuyan a alcanzar los requisitos exigidos para obtener la acreditación en una fase posterior en el caso de que se obtenga financiación sin ser acreditado.
Encontrará la documentación y modelos necesarios para presentar la solicitud en este enlace (pendiente de publicación).
Cuantía:
Presupuesto convocatoria 44.000.000€*.
Duración:
Cuatro años (para las actividades de alto impacto de los centros y unidades no acreditados será de un año)
Más información:
Resolución de la convocatoria (BDNS)
Extracto de la convocatoria (publicado en BOE)
* Del presupuesto total de la convocatoria, se destinarán hasta 4.000.000€ para cada “Centro de Excelencia Severo Ochoa” y hasta 2.000.000€ para cada “Unidad de Excelencia María de Maeztu”. En caso de financiación sin acreditación, la cuantía individual de cada ayuda será de 400.000€ para los centros sin acreditación y de 200.000€ para las unidades sin acreditación.