VolverConvocatoria: APOYO A CENTROS DE EXCELENCIA “SEVERO OCHOA” Y A UNIDADES DE EXCELENCIA “MARÍA DE MAEZTU" 2018

Nombre APOYO A CENTROS DE EXCELENCIA “SEVERO OCHOA” Y A UNIDADES DE EXCELENCIA “MARÍA DE MAEZTU" 2018
Tipo de ayuda Otros > Otros
Ámbito Nacional
Estado de la convocatoria Cerrada
Entidad financiadora AGENCIA ESTATAL DE INVESTIGACIÓN
Naturaleza financiación Pública
Grupo profesional
Especialidad (0 en total)
Fecha límite Fibao 05/01/2019
Fecha oficial 10/01/2019

Código de la convocatoria:

MINECO-PFIT-AC-CENSO-2018

 

Presentación de solicitudes:

Desde el 04/12/2018 00:00h hasta el 10/01/2019 15:00h (horario peninsular).

 

Objeto:

Convocatoria que tiene como finalidad el fortalecimiento institucional y la potenciación de la proyección internacional de centros y unidades de investigación, mediante su acreditación como Centros de Excelencia Severo Ochoa o Unidades de Excelencia María de Maeztu y financiación de sus planes estratégicos.

Resumen de la convocatoria:

Convocatoria que tiene como finalidad el fortalecimiento institucional y la potenciación de la proyección internacional de los centros y unidades de investigación, pertenecientes o participadas por entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro, existentes en España y que destaquen por la relevancia e impacto de sus resultados a nivel mundial.

Para la consecución de esta finalidad, la convocatoria promueve:

- La acreditación de centros de investigación como «Centros de Excelencia Severo Ochoa» y la financiación de los planes estratégicos que ejecuten dichos centros destinados a:

  • Fortalecer sus capacidades científicas y estratégicas.
  • Potenciar su liderazgo internacional.
  • Impulsar la agregación de capacidades científico-técnicas, incluyendo la colaboración con otros centros, unidades y con el tejido empresarial.
  • Mejorar la generación de resultados de alto impacto científico, social y económico.
  • Contribuir a la formación, atracción e incorporación de talento.
  • Actuar como agentes tractores en el Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación.

- La acreditación de unidades de investigación como «Unidades de Excelencia María de Maeztu» y la financiación de los programas estratégicos de investigación destinados a:

  • Fortalecer sus capacidades científicas.
  • Impulsar la especialización de la investigación.
  • Potenciar la agregación de capacidades científico-técnicas a través de la colaboración interna así como con otros centros, unidades y con el tejido empresarial.
  • Mejorar la generación de resultados de alto impacto científico, social y económico.
  • Contribuir a la formación y atracción de talento.
  • Actuar como agentes tractores en el conjunto del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación.

 

Requisitos de los solicitantes:

Podrán ser beneficiarias las entidades con personalidad jurídica que estén válidamente constituidas en España y establecidas en el territorio nacional, dispongan de medios propios para realizar investigación, y que estén incluidas en la siguiente relación:

  • Organismos públicos de investigación (según Ley de la Ciencia).
  • Universidades públicas y privadas.
  • Otros centros públicos de I+D: Organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o vinculados a las administraciones públicas territoriales y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma jurídica.
  • Otras entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen, con medios propios, actividades de I+D definidas en sus estatutos como actividad principal y que generen conocimientos científico-técnicos de alto impacto y relevancia.

Requisitos específicos de los centros:

A efectos de esta convocatoria se entenderá por centro a una organización dedicada a la ejecución directa de la investigación, con personalidad jurídica propia o que, careciendo de ella, se haya creado como tal de acuerdo a las normas legales o estatutos de la entidad a la que pertenece, que reúna los siguientes requisitos:

  • Estar legalmente constituido con anterioridad al 1 de enero de 2011, con la excepción de aquellos centros resultantes de la fusión de otros previamente existentes.
  • Disponer de personal investigador propio o adscrito conforme a las correspondientes normas legales o estatutos y de una estructura organizativa, administrativa, directiva y gerencial propia.
  • Contar con al menos diez investigadores garantes, además del director científico. Serán investigadores garantes aquellos doctores en activo cuyas publicaciones científicas durante el período de referencia tengan un impacto normalizado superior a 1,5 respecto al valor medio mundial en sus respectivas áreas de especialización.
  • Haber publicado, durante el período de referencia (desde el 1 de enero de 2014 al 30 de junio de 2018), al menos el 75 % del cómputo de todas las publicaciones científicas de carácter primario.

Requisitos específicos de las unidades:

A efectos de esta convocatoria se entenderá por unidad a  la estructura de investigación, diferenciada y estable en el tiempo, sin personalidad jurídica propia, que reúna los siguientes requisitos:

  • Contar con el reconocimiento o aprobación formal de los órganos de gobierno de la entidad a la que pertenezca, de acuerdo con las normas legales o estatutos de dicha entidad desde, al menos, el 1 de enero de 2015.
  • Disponer de una trayectoria de investigación compartida, articulada desde el punto de vista científico y demostrable al menos durante el período de referencia (desde el 1 de enero de 2014 o desde la fecha de su reconocimiento o aprobación, si esta última es posterior, al 30 de junio de 2018).
  • Disponer de infraestructura y recursos científicos compartidos por todos los investigadores que integran la unidad, que permitan la consolidación y el desarrollo de un programa estratégico de investigación común y de actividades formativas.
  • Disponer de personal investigador adscrito conforme a las correspondientes normas legales o estatutos de la entidad a las que pertenezca dicho personal.
  • Al menos el 80 % de dicho personal investigador de la unidad deberá ser personal propio de la entidad solicitante. Hasta el 20 % restante del personal investigador podrá pertenecer a otras entidades y deberá estar adscrito formalmente a la unidad.
  • Designar un único director científico y disponer de, al menos, seis investigadores garantes, además del director científico.
  • Haber publicado, durante el período de referencia, al menos el 75 % del cómputo de todas las publicaciones científicas de carácter primario. 

 

Cómo se solicita:

Las solicitudes se presentarán a través de la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, a la que accederá el director científico del centro o de la unidad, y de firma electrónica, a la que accederá el representante legal de la entidad solicitante.

Encontrará toda la información relativa al proceso de solicitud en este enlace

 

Cuantía:

Presupuesto convocatoria 32.000.000€*.

 

Duración:

Cuatro años.

 

Más información:

Bases reguladoras

Resolución de la convocatoria

Extracto de la convocatoria (publicado en BOE)

Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS)

Bases de la convocatoria

 

* Del presupuesto total de la convocatoria, se destinarán 4.000.000€ para cada “Centro de Excelencia Severo Ochoa” y 2.000.000€ para cada “Unidad  de Excelencia María de Maeztu”.

Se financiarán gastos de personal, equipamiento e infraestructuras, material fungible, dietas y viajes, organización de actividades científicas, programas de investigadores visitantes, formación, gastos asociados a la propiedad industrial e intelectual, publicaciones, difusión y otros, así como los costes indirectos (15% de los gastos totales de la actuación).