VolverConvocatoria: ACCIÓN C. IMPULSO DE LA INVESTIGACIÓN TRASLACIONAL DE LAS UGC (PROGRAMA NICOLÁS MONARDES) 2020

Nombre ACCIÓN C. IMPULSO DE LA INVESTIGACIÓN TRASLACIONAL DE LAS UGC (PROGRAMA NICOLÁS MONARDES) 2020
Tipo de ayuda Recursos humanos > Consolidación
Ámbito Autonómico
Estado de la convocatoria Cerrada
Entidad financiadora SERVICIO ANDALUZ DE SALUD
Naturaleza financiación Pública
Grupo profesional
Especialidad (0 en total)
Fecha límite Fibao 18/07/2020
Fecha oficial 23/07/2020

Código de la convocatoria:

SAS-PDCH-RRHH-PNM-2020

 

Presentación de solicitudes:

Desde el 02/07/2020 00:00h hasta el 23/07/2020 23:59h (horario peninsular).

 

Objeto:

El objeto de esta acción es la vinculación de investigadores a las Unidades de Gestión Clínica (UGC) del Servicio Andaluz de Salud (modalidad C.1) o a grupos de investigación de Centros Mixtos de investigación participados por el SAS y cuyas retribuciones estén financiadas por la Consejería de Salud (modalidad C.2). Los investigadores a contratar deberán de acreditar una sólida trayectoria investigadora, superior a 8 años, en el campo de la salud.

Resumen de la convocatoria:

El objeto de esta Acción es fomentar la investigación traslacional en las Unidades de Gestión Clínica (UGC) del Servicio Andaluz de Salud (SAS) (Programa Nicolás Monardes) a través de dos acciones:

  • C.1. Vinculación de investigadores a las UGC del SAS.
  • C.2. Impulso de actividades investigadoras clínico-traslacionales en las UGC mediante programa colaborativos.

Las ayudas previstas están destinadas a la financiación del coste total de contratación de investigadores/as que acrediten una sólida trayectoria investigadora en el campo de la salud, superior a ocho años.

 

Requisitos de los solicitantes:

Dependiendo de la modalidad:

C.1. Unidades de Gestión Clínica (UGC) de los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud que cumplan los siguientes requisitos:

  • Haber alcanzado una media igual o superior al 70% de los objetivos totales fijados en los Acuerdos de Gestión Clínica (AGC) de las mismas en los últimos tres años, antes de la corrección por los resultados del centro. En aquellas UGC con un tiempo de creación inferior a tres años, el promedio que se considerará será el de los años de funcionamiento de la misma.
  • Haber alcanzado, al menos, el 50% de los objetivos de investigación fijados en su acuerdo de gestión de los dos últimos años. En las Unidades hospitalarias (hospitales regionales o de especialidades) uno de ellos necesariamente deberá ser relativo a proyectos activos o de producción científica.
  • Estar acreditadas por la Agencia de Calidad Sanitaria de Andalucía o en proceso de reacreditación. Particularidades: en el caso de que la solicitud provenga de una UGC resultante de la agrupación de otras preexistentes (del mismo o distinto Centro), bastará con que la Unidad destinataria de la ayuda estuviera previamente acreditada. La Comisión de Evaluación tendrá en cuenta en la valoración del cumplimiento de este requisito las posibles circunstancias extraordinarias que pudieran concurrir en procesos de reordenación de UGC, pudiendo a la vista de las mismas proponer admisión de solicitudes condicionadas a la obtención de la acreditación en un plazo determinado.
  • Tener –en el momento de presentación de la solicitud– al menos una línea de investigación concordante con el/la investigador/a cuya vinculación se solicita.

C.2. Grupos de investigación de los Centros Temáticos Mixtos de Investigación participados por el Servicio Andaluz de Salud, cuyos IR (sus retribuciones) estén financiados por la Consejería de Salud y Familias, y que formulen un programa colaborativo conjunto de investigación clínico-traslacional por cuatro años con alguna UGC del SAS, que cumplan los siguientes requisitos:

  • Estar constituidos como tal en un Centro temático mixto de Investigación participado por el Servicio Andaluz de Salud.
  • Estar financiados (retribuciones del/la IR) por la Consejería de Salud y Familias. Este requisito no aplicaría en el caso de que el candidato propuesto para el programa Nicolás Monardes se vaya a incorporar al centro como nuevo IR.
  • Suscribir un programa colaborativo de investigación traslacional conjuntamente con una Unidad de Gestión Clínica del SAS para los cuatro próximos años.

 

Cómo se solicita:

Las solicitudes serán efectuadas por:

Mod. C.1: las Direcciones de las Unidades de Gestión Clínica, con el visto bueno de la Dirección Gerencia del Centro.

Mod. C.2: los Investigadoras responsables (IIRR) de los Grupos con el visto bueno de la Dirección Científica del Centro o –en el caso de nuevos grupos cuyo IIRR se cubra con el refuerzo– por la Fundación Progreso y Salud, como entidad contratante, con el vºbº de la Dirección Científica del Centro de Investigación.

Las solicitudes se presentarán a través del apartado Gestión de Solicitudes de la web del Servicio Andaluz de Salud, incluyendo la siguiente documentación:

Solicitud (Anexo C.1) dirigida al Director Gerente del SAS y suscrita por el Director de la UGC, Responsable de Grupo o entidad contratante, según corresponda.

Curriculum vitae de los últimos cinco años del/la investigador/a propuesto/a. Será imprescindible presentarlo en formato CVN obtenido a través del Portal de Servicios de Gestión y Apoyo a la I+D+i del SSPA (Investiga+), siendo muy relevante la cumplimentación del CVA (curriculum vitae abreviado), indicando un resumen de los méritos más relevantes incluidos en la evaluación (ver Anexo C.4). Una vez cumplimentado, se adjuntará a la solicitud a través de la aplicación informática, e irá firmado por la persona titular del mismo.

Memoria científica y profesional de la UGC/Grupo de Investigación en los últimos cinco años (Anexo C.2).

Programa científico de investigación clínico-traslacional a realizar en los próximos 4 años por el/la investigador/a propuesto/a, dentro del Plan de I+i de la UGC, incluyendo una propuesta científica y los resultados esperados (Mod. C.1, Anexo C.3.1). El programa científico será acordado y firmado por la Dirección de la UGC y por la persona investigadora propuesta para la vinculación.

Programa colaborativo de investigación traslacional suscrito entre el Grupo de Investigación solicitante y la Unidad de Gestión Clínica para los próximos 4 años y Programa de trabajo de la persona investigadora propuesta (Mod. C.2, Anexo C.3.2.).

Autorización de la Dirección Gerencia del Centro Sanitario/Dirección Científica del Centro de Investigación para la presentación de la solicitud y, en su caso, si resultara seleccionado/a, para la vinculación del/de la aspirante a la Unidad de Gestión Clínica/Grupo de Investigación del centro.

Documentación acreditativa de los requisitos de la UGC/Grupo de Investigación. 

Declaración de la persona investigadora candidata de que ha leído y acepta los términos de la convocatoria (Anexo C.5).

Encontrará los Anexos necesarios para la realización de la solicitud en el documento: Resolución de la convocatoria. 

 

Cuantía:

Coste total de la contratación del investigador*.

 

Duración:

Cuatro años.

 

Más información:

Resolución de la convocatoria. 

Web de la ayuda

 

Las solicitudes serán incompatibles con la existencia de otros contratos similares que el candidato tuviera vigente durante todo el año 2019, financiados por convocatorias competitivas de cualquier agencia y que sean ad personem.

Quedan excluidos de la incompatibilidad establecida en el punto anterior, los/las investigadores/investigadoras cuyos contratos finalicen dentro del primer semestre de 2020. La incorporación efectiva de aquellos/as al programa Nicolás Monardes y –por tanto- su contratación en caso de ser seleccionados/as, se producirá a la finalización de sus contratos actuales.

 

Se entiende por coste total de contratación a la suma del salario o retribución bruta salarial más la cuota empresarial a la Seguridad Social. El resto de gastos ocasionados por la contratación correrán a cargo de la entidad contratante. 

El salario máximo de los investigadores estará formado por una retribución fija más otra variable. La parte variable del salario irá ligada:

  • Mod C.1: al cumplimiento global de los objetivos de investigación fijados en los Acuerdos de Gestión Clínica de la UGC a la que se adscriben (50%) y al cumplimiento de objetivos individuales ligados a la actividad científica que desarrolla en la UGC (50%).
  • Mod C.2: al cumplimiento de objetivos individuales ligados a la actividad científica que desarrolla.