| Nombre | IBRO COLLABORATIVE RESEARCH GRANT 2022 |
|---|---|
| Tipo de ayuda | Recursos humanos > Recursos humanos |
| Ámbito | Internacional/No europeo |
| Estado de la convocatoria | Cerrada |
| Entidad financiadora | INTERNATIONAL BRAIN RESEARCH ORGANIZATION |
| Naturaleza financiación | bbprivada |
| Grupo profesional | |
| Especialidad | (0 en total) |
| Fecha límite Fibao | 05/06/2022 |
| Fecha oficial | 10/06/2022 |
Código de la convocatoria:
IBRO-RRHH-CLR-2022
Presentación de solicitudes:
Desde el 10/05/2022 00:00h hasta el 10/06/2022 23:59h (horario peninsular).
Objeto:
Con el objetivo de fomentar la colaboración científica internacional y el desarrollo de los recursos humanos dentro de las regiones de la IBRO y entre ellas, estas becas darán la oportunidad a investigadores principales, que lleven siéndolo desde hace siete años o menos, de colaborar entre dos grupos de investigación emergentes o un grupo de investigación emergente y otro establecido.
Resumen de la convocatoria:
Con el objetivo de fomentar la colaboración científica internacional y el desarrollo de los recursos humanos dentro de las regiones de la IBRO y entre ellas, estas becas permitirán la colaboración entre:
- Dos grupos emergentes.
- Un grupo emergente y otro consolidado.
La colaboración se hará efectiva mediante viajes bidireccionales de Investigadores Principales, posdoctorados y/o estudiantes que planeen trabajar en la colaboración científica definida en la solicitud del proyecto.
La ayuda cubrirán los gastos de viaje, alojamiento, manutención e investigación de los dos grupos.
Requisitos de los solicitantes:
Las solicitudes deberán ser realizadas por investigadores líderes de grupos emergentes, que lleven siéndolo siete años o menos.
Los grupos colaboradores deberán estar localizados en regiones IBRO diferentes: África, Asía-Pacífico, Latinoamérica y Europa.
Cómo se solicita:
Las solicitudes deberán ser presentadas de forma telemática mediante este formulario de solicitud.
Cuantía:
Máximo 6.000€
Duración:
Dos años.
Más información:
El plazo de siete años como líder de grupo podrá ser ampliada por causas debidamente justificadas como permiso de maternidad, paternidad o adopción.
















