VolverConvocatoria: ACCIÓN ESTRATÉGICA EN SALUD - CONTRATOS RÍO HORTEGA 2023

Nombre ACCIÓN ESTRATÉGICA EN SALUD - CONTRATOS RÍO HORTEGA 2023
Tipo de ayuda Recursos humanos > Posdoctoral y/o Médicos especialistas
Ámbito Nacional
Estado de la convocatoria Cerrada
Entidad financiadora INSTITUTO DE SALUD CARLOS III
Naturaleza financiación bbpxc3xbablica
Grupo profesional
Especialidad (0 en total)
Fecha límite Fibao 18/04/2023
Fecha oficial 20/04/2023

Código de la convocatoria:

ISCIII-AES-RRHH-CRH-2023

 

Presentación de solicitudes:

Desde el 30/03/2023 00:00h hasta el 20/04/2023 15:00h (horario peninsular).

 

Objeto:

Ayudas para la contratación de profesionales, que hayan superado la FSE en el año 2017 o fecha posterior, en un centro asistencial de titularidad pública directa del SNS. Los profesionales contratados desarrollarán un plan de formación en investigación en ciencias y tecnologías de la salud que simultanearán con actividad asistencial correspondiente a su especialidad. 

Resumen de la convocatoria:

Ayudas para la contratación de profesionales que hayan superado la FSE (Formación Sanitaria Especializada), para el desarrollo de un plan de formación en investigación en ciencias y tecnologías de la salud que simultanearán con actividad asistencial correspondiente a su especialidad.

Con esta actuación se pretende: 

  • Promover la capacitación en investigación de los profesionales sanitarios que hayan terminado el periodo de FSE regulado para Médicos, Farmacéuticos, Químicos, Biólogos, Bioquímicos, Psicólogos Clínicos, Radiofísicos Hospitalarios y personal de Enfermería, para incrementar la masa crítica de especialistas sanitarios-investigadores, considerados claves en la investigación traslacional, contribuyendo así al acercamiento entre la investigación biomédica y la práctica clínica en el SNS.
  • Aumentar la masa crítica de personal con FSE que simultanean actividades clínico-asistenciales y de investigación para reforzar la capacidad de traslación del conocimiento a los pacientes y de generar hipótesis de investigación desde la práctica asistencial.
  • Promover la incorporación de jóvenes investigadores al Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación.
  • Favorecer la investigación orientada al paciente y a la población, fundamentalmente en las especialidades clínicas con una menor masa crítica de investigadores en el SNS, a través de actividades de transferencia.

 

Requisitos de los solicitantes:

Entidades e instituciones sanitarias públicas con actividad clínico asistencial: hospitales, centros de atención primaria, otros centros asistenciales distintos de los anteriores con licencia de actividad sanitaria expedida por la autoridad competente.

 

Cómo se solicita:

La forma de presentación de la solicitud y restante documentación será exclusivamente mediante la sede electrónica del ISCIII.

Los formularios de solicitud únicamente requerirán la firma del representante legal de la entidad solicitante, quien recabará las firmas del resto de personas interesadas (candidatos e investigadores principales), responsabilizándose de su custodia y veracidad. 

Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

Forman parte integrante de la solicitud de la solicitud:

  • Memoria de la propuesta en castellano o en inglés, empleando exclusivamente el modelo normalizado correspondiente a la AES 2023.
  • Currículum Vitae Abreviado (CVA-ISCIII) en castellano o en inglés generado de forma automática desde el editor CVN o desde cualquier institución certificada en la norma CVN de la FECYT que ofrezca el servicio CVA-ISCIII, del jefe de grupo y de la persona candidata.

Además, las solicitudes deberán ir acompañadas de (documentación subsanable):

  • Copia del pasaporte en vigor, únicamente en el caso de ciudadanos extranjeros no residentes en territorio español.
  • Título de FSE homologado o reconocido por el organismo competente, cuando se haya obtenido en el extranjero.
  • Carta de apoyo a la persona candidata Río Hortega del jefe de servicio y representante legal de la entidad sanitaria, en modelo normalizado.
  • Si incurre en alguna de las causas de ampliación, acreditación documental de tales circunstancias, que deberán señalarse, además, en la solicitud.
  • Documentación acreditativa de las publicaciones seleccionadas de no ser estas de acceso abierto.

 

Encontrará los Modelos para la presentación de solicitudes en este enlace.

 

Cuantía:

Mínimo 20.600€/año.

 

Duración:

Dos años.

 

Más información:

Orden de bases reguladoras (publicada BOE 17 de diciembre de 2021)

Resolución de la convocatoria  (BDNS)

Web de la ayuda

 

Régimen de incompatibilidades:

Con carácter general, estos contratos serán incompatibles con la vigencia de cualquier otro contrato laboral por parte del personal contratado.

Con carácter particular, los beneficiarios podrán prestar colaboraciones complementarias en tareas docentes y/o servicios asistenciales, en su misma institución o en otras, por el máximo de 80 horas anuales o de 100 horas anuales en el caso de estar contratada la persona mediante contrato de acceso de personal investigador, a petición propia y con la aprobación de su institución. Asimismo, el contrato será compatible con la realización de servicios correspondientes a guardias de 24 horas o fracciones, siempre que no superen las 96 horas mensuales en centros clínico asistenciales de titularidad pública del SNS

 

Limitaciones en el número de solicitudes y concesiones:

  • Centros clínico asistenciales que formen parte de IIS: 14 solicitudes y 8 concesiones.
  • Otros centros clínico asistenciales: 8 solicitudes y 4 concesiones. 

 

Dotación económica:

La dotación económica a cargo del ISCIII será de 20.600 euros anuales en la primera anualidad y de 21.800 euros en la segunda anualidad para profesionales cuya duración de la FSE sea de hasta tres años y de 30.000 euros para la primera anualidad y 35.000 euros para la segunda anualidad para el resto de profesionales, en concepto de retribución bruta salarial, distribuidos en 12 o 14 pagas, que el ISCIII financiará en su totalidad. Las cuotas empresariales a la Seguridad Social y resto de gastos de contratación correrán a cargo de la entidad beneficiaria.

 

Información extraída de la web de la ayuda. En caso de posible incongruencia, prevalecerá la información proporcionada por el organismo financiador en sus medios oficiales.