| Nombre | APOYO A CENTROS DE EXCELENCIA “SEVERO OCHOA” Y A UNIDADES DE EXCELENCIA “MARÍA DE MAEZTU" 2025 |
|---|---|
| Tipo de ayuda | Otros > Otros |
| Ámbito | Nacional |
| Estado de la convocatoria | Cerrada |
| Entidad financiadora | AGENCIA ESTATAL DE INVESTIGACIÓN |
| Naturaleza financiación | bbpxc3xbablica |
| Grupo profesional | |
| Especialidad | (0 en total) |
| Fecha límite Fibao | 05/06/2025 |
| Fecha oficial | 10/06/2025 |
Código de la convocatoria:
MINECO-PFIT-AC-CENSO-2025
Presentación de solicitudes:
Desde el 20/05/2025 00:00h hasta el 10/06/2025 14:00h (horario peninsular).
Objeto:
Convocatoria que tiene como finalidad el fortalecimiento institucional y la potenciación de la proyección internacional de centros y unidades de investigación, mediante su acreditación como Centros de Excelencia Severo Ochoa o Unidades de Excelencia María de Maeztu y financiación de sus planes estratégicos. Asimismo, se financiarán actuaciones encaminadas a la formación de personal investigador predoctoral asociadas a líneas prioritarias de investigación que se desarrollen en los planes y programas estratégicos mencionados en el punto anterior.
Resumen de la convocatoria:
Las actuaciones que prevé esta convocatoria tienen por finalidad el fortalecimiento institucional y la potenciación de la proyección internacional de los centros y unidades de investigación, pertenecientes o participadas por entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro, existentes en España y que destaquen por la relevancia e impacto de sus resultados a nivel mundial.
Para la consecución de esta finalidad, la convocatoria promueve:
- La acreditación de centros de investigación como «Centro de Excelencia Severo Ochoa» y la financiación de los planes estratégicos que ejecuten dichos centros destinados a fortalecer sus capacidades científicas y estratégicas; potenciar su liderazgo internacional; impulsar la agregación de capacidades científico-técnicas, incluyendo la colaboración interna, así como con otros centros, unidades y con el tejido empresarial; mejorar la generación de resultados de alto impacto científico, social y económico; contribuir a la formación, atracción e
incorporación de talento; y actuar como agentes tractores en el Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación. - La acreditación de unidades de investigación como «Unidad de Excelencia María de Maeztu» y la financiación de los programas estratégicos de investigación de frontera que ejecuten dichas unidades destinados a fortalecer sus capacidades científicas; impulsar la especialización de la investigación; afianzar el reconocimiento de la identidad de la unidad, potenciar la agregación de capacidades científico-técnicas a través de la colaboración interna así como con otros centros, unidades y con el tejido empresarial; mejorar la generación de resultados de alto impacto científico, social y económico; contribuir a la formación y atracción de talento; y actuar como agentes tractores en el conjunto del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación.
Asimismo, se financiarán actuaciones encaminadas a la formación de personal investigador predoctoral asociadas a líneas prioritarias de investigación que se desarrollen en los planes y programas estratégicos mencionados en el punto anterior. La finalidad de estas actuaciones es la formación de nuevos doctores mediante la realización de una tesis doctoral asociada a una línea prioritaria de las previstas en el plan o programa estratégico financiado en esta convocatoria. Además, estas ayudas incluyen un periodo de orientación postdoctoral (en adelante POP), una vez obtenido el título de doctor/a.
La convocatoria cuenta con un presupuesto total de 78.000.000€. La cuantía individual de cada ayuda para las actuaciones será de 4.500.000 euros en el caso de los «Centros de Excelencia Severo Ochoa» acreditados y de 2.250.000 euros en el caso de las «Unidades de Excelencia María de Maeztu» acreditadas. Con carácter adicional, la cuantía individual de las ayudas para las actuaciones para la formación de personal investigador predoctoral será de 134.200 euros.
Requisitos de los solicitantes:
Podrán ser beneficiarias las entidades con personalidad jurídica que estén válidamente constituidas en España y establecidas en el territorio nacional, dispongan de medios propios para realizar investigación, y que estén incluidas en la siguiente relación:
- Organismos públicos de investigación.
- Universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i.
- Otros centros públicos de I+D+i, que en sus estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social tengan la I+D+i como actividad principal.
Requisitos específicos de los centros:
A efectos de esta convocatoria se entenderá por centro a una organización dedicada a la ejecución directa de la investigación, con personalidad jurídica propia o que, careciendo de ella, se haya creado como tal de acuerdo a las normas legales o estatutos de la entidad a la que pertenece, que reúna los siguientes requisitos:
- Estar legalmente constituido desde, al menos, el 1 de enero de 2017, con la excepción de aquellos centros resultantes de la fusión de otros previamente existentes, en cuyo caso deberán estar constituidos con anterioridad a la fecha de publicación de la presente convocatoria, si bien los centros que dieron lugar a la fusión deberán haber sido creados desde, al menos, el 1 de enero de 2017.
- Disponer de personal investigador adscrito al centro, entendiéndose como personal adscrito el personal propio del centro y el personal adscrito nominalmente al centro, vinculado a la entidad a la que pertenece el centro, en los casos de centros sin personalidad jurídica propia, o vinculado a otra entidad diferente, conforme a las correspondientes normas legales o estatutos, y de una estructura organizativa, administrativa, directiva y gerencial propia. En cualquier caso, es necesario que el centro disponga de personal propio.
- Además, se incluyen expresamente en esta definición siempre que cumplan los requisitos anteriores:
- Los institutos y consorcios universitarios e interuniversitarios con personalidad jurídica propia.
- Los centros e institutos de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas (en adelante, CSIC), siempre que cuenten con unidad gerencial propia o compartida con uno o más centros e institutos del CSIC.
- Los centros o institutos mixtos, que cuenten con una unidad gerencial propia o compartida diferenciada y una localización para todo el centro o instituto.
- El Instituto de Astrofísica de Canarias (IAC).
- Designar a un director o directora científica y a diez investigadores/as garantes, además del director o directora científica, que cumplan los requisitos establecidos en esta convocatoria.
En todo caso, la solicitud de las organizaciones anteriores deberá referirse siempre al conjunto del centro o instituto, y por tanto incluir a la totalidad de los/as investigadores/as adscritos/as.
Requisitos específicos de las unidades:
A efectos de esta convocatoria se entenderá por unidad una estructura de investigación, diferenciada y estable en el tiempo, sin personalidad jurídica propia, que reúna los siguientes requisitos:
- Contar con el reconocimiento o aprobación, formal y documentado, de los órganos de gobierno de la entidad a la que pertenezca y, cuando proceda, haber sido creado por el organismo competente, de acuerdo con las normas legales o estatutos de dicha entidad o con la normativa que regule su creación, desde, al menos, el 1 de enero de 2020.
- Disponer de una trayectoria de investigación compartida, articulada desde el punto de vista científico y demostrable, al menos durante el período de referencia (desde el 1 de enero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2024).
- Disponer de infraestructura y recursos científicos compartidos por todos/as los/as investigadores/as que integran la unidad, que permitan la consolidación y el desarrollo de un programa estratégico de investigación de frontera común y de actividades formativas.
- Disponer de una plantilla de investigadores/as doctores/as adscritos/as a la unidad, entendiéndose como personal adscrito el personal propio de la entidad solicitante a la que pertenece la unidad, adscrito nominalmente a la unidad, y el personal vinculado a otra entidad diferente, igualmente adscrito nominalmente a la unidad, conforme a las correspondientes normas legales o estatutos de la entidad a las que pertenezcan dichos/as investigadores/as. Al menos el 80 % de dicho personal investigador de la unidad deberá ser personal propio de la entidad solicitante. Hasta el 20 % restante del personal investigador podrá pertenecer a otras entidades y deberá estar adscrito formalmente a la unidad.
- Cumplir los requisitos anteriores, y, además, deberán responder necesariamente a una de las siguientes estructuras:
- Departamentos universitarios.
- Institutos universitarios de investigación, sin personalidad jurídica.
- Departamentos de uno de los organismos públicos de investigación, exceptuando a los departamentos del CSIC, a los del IAC y a los de los centros o institutos mixtos, definidos en el apartado 10 del presente anexo.
- Designar a un director o directora científica y a seis investigadores/as garantes, además del director o directora científica, que cumplan los requisitos establecidos en esta convocatoria.
No se podrá solicitar ni acceder a la acreditación y la ayuda objeto de esta convocatoria en los siguientes casos:
- Centros y unidades que ya estén acreditados y financiados como «Centros de Excelencia Severo Ochoa» o «Unidades de Excelencia María de Maeztu» en las convocatorias 2021, 2022 y 2024, o los que pudieran resultar de la desagregación o agregación de los centros o de las unidades acreditados en las convocatorias indicadas.
- Dos o más unidades que pertenezcan a un mismo centro o que resulten de la subdivisión de una unidad, de acuerdo con las definiciones de esta convocatoria; o un centro o unidad integrado por personal investigador adscrito a un «Centro de Excelencia Severo Ochoa» o a una «Unidad de Excelencia María de Maeztu» acreditados en el momento de presentación de la solicitud a la presente convocatoria, con la excepción de los acreditados en la convocatoria 2020.
- Dos o más centros o unidades que incluyan los/as mismos/as investigadores/as o investigadores/as que pertenezcan a centros o unidades ya acreditados.
- Centros o unidades solicitantes en la convocatoria 2024 de esta misma actuación y fueran desestimadas por no haber superado la primera fase de evaluación, así como aquellas que hubieran obtenido en la segunda fase de evaluación una calificación final inferior a 85 puntos.
Cómo se solicita:
Las solicitudes serán tramitadas íntegramente a través de la sede electrónica del Ministerio.
Cuantía:
4.500.000€/Centro; 2.250.000€/unidad + 134.200€/predoctoral
Duración:
Cuatro años.
Más información:
Resolución de la convocatoria (BDNS)
Extracto de la convocatoria (publicado en BOE)
















