VolverConvocatoria: CONTRATOS RÍO HORTEGA 2016

Nombre CONTRATOS RÍO HORTEGA 2016
Tipo de ayuda Recursos humanos > Contratos Formación en Investigación
Ámbito Nacional
Estado de la convocatoria Cerrada
Entidad financiadora INSTITUTO DE SALUD CARLOS III
Naturaleza financiación Pública
Grupo profesional Atención primaria, Básica, Clínica, Enfermería, Salud Pública
Especialidad ALERGOLOGÍA, ANÁLISIS CLÍNICOS, ANATOMÍA PATOLÓGICA, ANESTESIOLOGÍA Y REANIMACIÓN, ANGIOLOGÍA Y C... (79 en total)
Documento adjunto Descargar fichero adjunto
Fecha límite Fibao 30/04/2016
Fecha oficial 05/05/2016

Presentación de solicitudes: 

Desde el 07 de abril hasta el 05 de mayo de 2016 a las 15:00h (horario peninsular)


Resumen de la convocatoria:

Ayudas para la contratación de profesionales que hayan superado la Formación Sanitaria Especializada (FSE), para el desarrollo de un plan de formación en investigación en Ciencias y Tecnologías de la Salud, con el objetivo de:

  • Promover la capacitación en investigación de los profesionales sanitarios que hayan terminado el periodo de FSE regulado para Médicos, Farmacéuticos, Químicos, Biólogos, Bioquímicos, Psicólogos Clínicos, Radiofísicos Hospitalarios y personal de Enfermería.
  • Promover la incorporación de jóvenes investigadores al Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación.
  • Favorecer la investigación orientada al paciente y a la población, fundamentalmente en las especialidades clínicas con una menor masa crítica de investigadores en el ámbito del SNS, a través de actividades de transferencia.

Quién puede solicitarla:Requisitos de los Solicitantes:

Pueden ser beneficiarios de las ayudas las siguientes entidades e instituciones, siempre que realicen o gestionen actividades de I+D+I en Biomedicina o en Ciencias y Tecnologías de la Salud:

  • Los institutos de investigación sanitaria acreditados conforme a lo establecido en el RD 339/2004, de 27 de febrero, sobre acreditación de institutos de investigación sanitaria y normas complementarias.
  • Las entidades e instituciones sanitarias públicas con actividad clínico asistencial o sin ella: hospitales, centros de atención primaria, otros centros asistenciales distintos de los anteriores y unidades de la Administración sanitaria.
  • Las entidades e instituciones sanitarias privadas sin ánimo de lucro vinculadas o concertadas al SNS.
  • Los Organismos Públicos de Investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio.
  • Las universidades públicas, los institutos universitarios y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D, de acuerdo con lo previsto en la vigente Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
  • Otros centros públicos de I+D, diferentes de los OPI, vinculados o dependientes de la Administración General del Estado o del resto de las Administraciones públicas y sus organismos, cualquiera que sea su forma jurídica.
  • Las entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen y/o gestionen actividades de I+D, generen conocimiento científico o tecnológico o faciliten su aplicación y transferencia.

Requisitos del IP:

Los grupos de investigación receptores deberán estar dirigidos por un investigador vinculado estatutaria, funcionarial o laboralmente al centro donde se realice el programa o con el centro que gestione la actividad de investigación en los centros del ámbito del SNS. En el caso de los IIS, esta vinculación no será exigible, pero el centro de realización, en todo caso, deberá ser el propio Instituto.

No podrán concurrir como jefes de grupo en esta convocatoria quienes se encontraran dirigiendo la actividad de investigadores Río Hortega con contrato concedido y en activo correspondientes a la convocatoria 2015 de la AES.

Todas las propuestas deberán encuadrarse en una de estas categorías de Grupos de investigación:

  • Grupos dirigidos por investigadores nacidos en 1970 o fecha posterior, con una producción científica que permita considerar que poseen potencialidad para la creación de grupos altamente competitivos.
  • Grupos habituales de esta modalidad.

Requisitos de los candidatos:

  • Estar en posesión del título oficial de Especialidad Médica (MIR), Farmacéutica (FIR), o del certificado oficial de especialidad en Biología (BIR), Química (QUIR), Bioquímica, Psicología (PIR), Enfermería o Radiofísica Hospitalaria.
  • Haber finalizado el programa de FSE que habilita para participar en la convocatoria de esta modalidad durante el año 2011, o en fecha posterior, incluyendo a los que lo hagan en 2016, siempre que sea con anterioridad a la fecha que se establezca para la finalización del plazo de alegaciones a la resolución provisional de concesión.
  • No estar disfrutando de un Contrato Río Hortega en el momento de la solicitud, ni haberlo completado con anterioridad.


Cómo se solicita:

La presentación de la solicitud y restante documentación deberá realizarse mediante el siguiente enlace.

Hay dos formas de presentar la solicitud y la documentación necesaria:


  • A través de la Aplicación informática, sin certificado electrónico.
  • Registro electrónico del ISCIII, con certificado electrónico.


Sea cual sea la forma de presentación, los formularios de solicitud únicamente requerirán la firma del representante legal de la entidad solicitante quien recabará las firmas del resto de interesados (Jefes de grupo y candidatos), responsabilizándose de su custodia y veracidad. Dichas firmas se consignarán en los correspondientes modelos normalizados a los que se podrá acceder desde la sede electrónica del ISCIII.

 Forman parte de la solicitud, no siendo subsanables:

A efectos del proceso de evaluación, solo se tendrá en cuenta la información contenida en los correspondientes currículum vítae y memorias en la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes. No será posible la actualización posterior de la información contenida en dichos documentos. Tampoco será posible la actualización de la selección de publicaciones realizada en la aplicación informática una vez generada la solicitud.

 Además las solicitudes deberán ir acompañadas:

  • Copia del pasaporte en vigor, únicamente en el caso de ciudadanos extranjeros no residentes en territorio español.
  • Título de FSE homologado o reconocido por el organismo competente, cuando se haya obtenido en el extranjero. 


Cuantía:

20.600 ó 26.866€ brutos/año. 20.600€ brutos/año profesionales con FSE en Enfermería y de 26.866€ brutos/año para el resto, distribuidos preferentemente en 14 pagas, que el ISCIII financiará en su totalidad. Las cuotas empresariales a la Seguridad Social y resto de gastos de contratación correrán a cargo de la entidad beneficiaria.


Duración:

24 meses


Criterios de evaluación:

Los especificados a través del siguiente enlace:

Valoración del investigador en formación, máximo 20 puntos.

  • Adecuación del candidato al programa propuesto (0-5 puntos).
  • Otros méritos (0-15 puntos).

Valoración del proyecto de formación en relación con los objetivos de la ayuda, máximo 30 puntos.

  • Calidad y relevancia del programa de formación (0-15 puntos).
  • Viabilidad y oportunidad del programa de formación (0-15 puntos).

Valoración del grupo de investigación receptor del candidato, máximo 50 puntos.

  • Valoración de las publicaciones del CV del jefe del grupo, periodo valorable 2009-2016 (0-40 puntos).
  • Proyectos de investigación del grupo de investigación (0-10 puntos).


Más información:

Orden de bases

Resolución de convocatoria

Preguntas frecuentes 

Guía de ayuda

Web de la ayuda


IMPORTANTE

Incompatibilidades:

Con carácter general, estos contratos serán incompatibles con la vigencia de cualquier otro contrato laboral por parte del personal contratado.

Los beneficiarios de esta ayuda podrán prestar colaboraciones complementarias en tareas docentes, en su misma institución o en otras, por un máximo de 90 horas anuales. Asimismo, el contrato será compatible con la realización de servicios correspondientes aguardias de 24 horas o fracciones, siempre que no superen las 96 horas mensuales. Para cualquier otra actividad asistencial distinta a la realización de guardias, se deberá solicitar la correspondiente autorización.

Limitaciones en el número de solicitudes y concesiones:

  • Diez solicitudes y cinco concesiones, cuando se trate de centros clínico-asistenciales del SNS o de IIS acreditados.
  • Tres solicitudes y una concesión, cuando se trate de otro tipo de centros. En el caso del CIBER, estos límites se aplicarán, respectivamente, a cada área temática.