VolverConvocatoria: ACCIONES DE DINAMIZACIÓN REDES DE EXCELENCIA 2015

Datos de la convocatoria

Nombre ACCIONES DE DINAMIZACIÓN REDES DE EXCELENCIA 2015
Categoría Redes, Consorcios y Grupos > Organismos Públicos > Nacional
Estado de la convocatoria Cerrada Cerrada
Entidad financiadora MINISTERIO DE ECONOMIA Y COMPETITIVIDAD
Fecha interna 27/07/2015
Fecha oficial 30/07/2015
Documento adjunto No hay documento adjunto
Resolución provisional Aun no hay resolución provisional
Resolución definitiva Aun no hay resolución definitiva

Presentación de solicitudes:

Desde el 13 de julio hasta el 30 de julio de 2015 a las 15:00h (horario peninsular)

Resumen de la convocatoria:

La finalidad de estas acciones de dinamización es fomentar la creación y el desarrollo de redes de investigación para impulsar las actividades relacionadas con la I+D+I, contribuir al avance del conocimiento y afrontar los desafíos que la investigación española tiene tanto en el ámbito nacional como en el internacional, especialmente en el contexto del Espacio Europeo de Investigación, fomentando la cooperación de investigadores con trayectorias científicas consolidadas; favoreciendo el uso y la coordinación de infraestructuras de calidad contrastada incluidas en el mapa de Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares vigente durante el período del Plan Estatal de I+D+I; y apoyando el trabajo que desarrollan diversas entidades en la consecución de los objetivos establecidos en Redes Estratégicas, tanto a nivel nacional como internacional.

Se distinguen cuatro tipos de redes con las características que se mencionan a continuación:

a) Redes Temáticas: constituidas por investigadores, encuadrados en la misma o similar área temática de conocimiento, algunos de los cuales deberán haber dirigido o participado en algún proyecto de I+D financiado en las convocatorias del Plan Estatal de I+D+I 2013-2016 o del Plan Nacional de Investigación, Desarrollo e Innovación 2008-2011, prorrogado a 2012, que se detallan la Resolución de Convocatoria.

b) Redes CONSOLIDER: constituidas por investigadores participantes en un mismo proyecto financiado en las convocatorias 2006 a 2010 del Subprograma de Proyectos de Investigación CONSOLIDER, del Programa Nacional de Proyectos de Investigación Fundamental, enmarcado en el Plan Nacional de Investigación, Desarrollo e Innovación 2008-2011 y que haya finalizado con anterioridad al 30 de junio de 2015.

c) Redes ICTS: constituidas por investigadores representantes de infraestructuras incluidas en el mapa de ICTS aprobado por el Consejo de Política Científica, Tecnológica y de Innovación, ya sea formando parte de ICTS distribuidas o de redes de ICTS, y, en su caso, por un experto independiente de las mismas.

d) Redes Estratégicas: constituidas por entidades participantes en las Alianzas de I+D+I o investigadores participantes en las iniciativas FET Flagships del FP7 o en las KIC del Instituto Europeo de Innovación y Tecnología.

Las Redes de Excelencia estarán compuestas por un investigador principal, que será el responsable de la consecución de los objetivos propuestos, y por un equipo de investigación. Tanto el investigador principal como los miembros del equipo de investigación actuarán como representantes de un grupo de investigación (en el caso de Redes Temáticas, Redes CONSOLIDER y Redes Estratégicas) o de una infraestructura (en el caso de Redes ICTS).

Requisitos de los Solicitantes:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas objeto de esta convocatoria las siguientes personas jurídicas que estén válidamente constituidas y tengan domicilio fiscal en España:

a) Organismos Públicos de Investigación

b) Las universidades públicas, sus institutos universitarios, y las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D

c) Otros centros públicos de I+D. Organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o vinculados a las Administraciones públicas territoriales y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector público, cualquiera que sea su forma jurídica

d) Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro, vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud que desarrollen actividad investigadora

e) Institutos de investigación sanitaria acreditados

f) Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen actividad de I+D, definida en sus estatutos como actividad principal, y generen conocimiento científico o tecnológico

g) Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal que estén inscritos en el registro de centros

Requisitos del IP:

- No existen condiciones de dedicación en esta modalidad.

a) Redes Temáticas:

- Ser doctor y tener una vinculación con la entidad beneficiaria que cubra, al menos, el plazo solicitado de ejecución de la actuación.

- Haber sido investigador principal de algún proyecto de investigación, finalizado o en vigor, financiado en alguna de las siguientes convocatorias:

Convocatorias 2008 a 2012 del Subprograma de Proyectos de Investigación Fundamental no Orientada, del Programa Nacional de Proyectos de Investigación Fundamental.

Convocatorias 2013 y 2014 de la modalidad 1, Proyectos Excelencia, del Subprograma Estatal de Generación del Conocimiento (Programa Estatal de Investigación Científica y Técnica de Excelencia).

Convocatorias 2013 y 2014 de la modalidad 1, Proyectos Retos, del Programa Estatal de Investigación, Desarrollo e Innovación Orientada a los Retos de la Sociedad.

b) Redes CONSOLIDER:

- Ser doctor, y tener una vinculación con la entidad beneficiaria que cubra, al menos, el plazo solicitado de ejecución de la actuación.

- Haber sido investigador principal en alguno de los grupos de investigación de las entidades participantes en un proyecto CONSOLIDER financiado en alguna de las convocatorias 2006 a 2010 del Subprograma de Proyectos de Investigación CONSOLIDER, del Programa Nacional de Proyectos de Investigación Fundamental, enmarcado en el Plan Nacional de Investigación, Desarrollo e Innovación 2008-2011, que haya finalizado antes del 30 de junio de 2015.

c) Redes ICTS:

- Ser doctor, y tener una vinculación con la entidad beneficiaria que cubra, al menos, el plazo solicitado de ejecución de la actuación.

- Ser designado por acuerdo de las entidades titulares o gestoras de las infraestructuras que la componen o por acuerdo del máximo órgano de coordinación o gestión de esta.

d) Redes Estratégicas:

- Ser doctor o titulado superior, y tener una vinculación con la entidad beneficiaria que cubra, al menos, el plazo solicitado de ejecución de la actuación.

- En el caso de las Alianzas de I+D+I, la entidad solicitante será la que ostente la presidencia del órgano de gobierno de la Alianza; el investigador principal podrá ser un gestor de dicha entidad con la que deberá tener una vinculación que cubra, al menos, el plazo solicitado de ejecución de la actuación.

Requisitos de los investigadores

- No existen condiciones de dedicación en esta modalidad.

a) Redes Temáticas:

- Ser doctor, y tener una vinculación con la entidad beneficiaria, o alguna otra entidad que cumpla los requisitos para ser beneficiaria, que cubra, al menos, el plazo solicitado de ejecución de la actuación.

- Participar o haber participado como investigador principal o como miembro del equipo de investigación en un proyecto de investigación financiado o en alguna de las siguientes convocatorias:

Convocatorias 2008 a 2012 del Subprograma de Proyectos de Investigación Fundamental no Orientada, del Programa Nacional de Proyectos de Investigación Fundamental.

Convocatorias 2013 y 2014 de la modalidad 1, Proyectos Excelencia, del Subprograma Estatal de Generación del Conocimiento (Programa Estatal de Investigación Científica y Técnica de Excelencia).

Convocatorias 2013 y 2014 de la modalidad 1, Proyectos Retos, del Programa Estatal de Investigación, Desarrollo e Innovación Orientada a los Retos de la Sociedad.

Esta condición deberá cumplirla, al menos, el 50 % de los componentes del equipo de investigación.

- El equipo de investigación estará formado por un mínimo de cuatro y un máximo de diez investigadores representantes de grupos de investigación.

b) Redes CONSOLIDER:

- Ser doctor, y tener una vinculación con la entidad beneficiaria, o alguna otra entidad que cumpla los requisitos para ser beneficiaria, que cubra, al menos, el plazo solicitado de ejecución de la actuación.

- Haber pertenecido, como investigador principal o miembro del equipo de investigación a alguno de los grupos de investigación de las entidades participantes en el proyecto CONSOLIDER al que haya pertenecido el investigador principal.

c) Redes ICTS:

- Ser doctor, y tener con la entidad beneficiaria o con alguna otra de las entidades titulares o gestoras de las infraestructuras pertenecientes a la red una vinculación que cubra al menos el plazo solicitado de ejecución de la actuación.

- También podrá formar parte del equipo de investigación un experto independiente no vinculado con dichas entidades e infraestructuras.

d) Redes Estratégicas:

- Ser doctor o titulado superior, y tener una vinculación con la entidad beneficiaria, o alguna otra entidad que forme parte o sea socio reconocido de la red, que cubra al menos el plazo solicitado de ejecución de la actuación.

- En el caso de las Alianzas de I+D+I el equipo de investigación no es preceptivo y sus miembros podrán ser gestores.

Cómo se solicita:

Con carácter previo a la presentación de la solicitud, deberán estar inscritos en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación (https://sede.micinn.gob.es/) la entidad, el responsable legal y el investigador principal.

Las solicitudes se presentarán electrónicamente a través de las aplicaciones de solicitud y de firma electrónica, disponibles en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación.

El investigador principal deberá cumplimentar el formulario electrónico de la solicitud. El formulario electrónico de solicitud contendrá, además de los datos identificativos de la actuación, entidad solicitante, participantes y presupuesto de la actuación, la siguiente información:

a) Identificación del área y, en su caso, subárea temática de gestión seleccionada para la evaluación de la actuación. En el caso de proyectos coordinados todos los subproyectos serán evaluados en el área temática de gestión del investigador coordinador. El órgano instructor podrá readscribir de oficio el proyecto a otra área temática de gestión.

b) Identificación del miembro asociado en el caso de que hubiese pluralidad de beneficiarios.

c) Resumen, en español y en inglés, del impacto científico técnico esperado del proyecto o actuación y reseña del currículum del investigador o investigadores principales. Al formulario electrónico de solicitud, el investigador principal deberá anexar otra documentación obligatoria, especificada en la Resolución de Convocatoria.

Cuantía:

Sin especificar.

No se concederán ayudas individuales por importes superiores a 125.000 €, en concepto de costes directos, excepto en el caso de las Redes ITCS, en las que podrán concederse ayudas individuales por importe de hasta un máximo de 200.000 €.

Las ayudas de esta actuación consistirán en subvenciones.

Las ayudas podrán financiar total o parcialmente el presupuesto solicitado en las propuestas presentadas. Su cuantía se determinará en cada caso en función del coste financiable real de la actuación, a tenor de sus objetivos, necesidades y duración, y de las disponibilidades presupuestarias.

Duración:

Dos años. La fecha de inicio no podrá ser anterior al 1 de enero de 2015.

Criterios de evaluación:

La evaluación de las solicitudes se realizará en una única fase, según los criterios de evaluación siguientes:

- Calidad científico-técnica, relevancia y viabilidad de la propuesta (40%)

- Calidad, trayectoria y adecuación del equipo de investigación (30%)

- Impacto científico-técnico o internacional de la propuesta (30%)

Más información:

Orden Bases Reguladoras

Resolución de Convocatoria

Web de la Ayuda

IMPORTANTE

Incompatibilidades

El régimen de compatibilidad, tanto de los investigadores principales como de los miembros del equipo de investigación, se establece en los siguientes términos:

a) No se podrá participar como investigador principal ni como miembro del equipo de investigación en más de una solicitud de esta modalidad en esta convocatoria, cualquiera que sea el tipo de red.

b) No se podrá estar participando como investigador principal ni como miembro del equipo de investigación en ninguna de las Redes CONSOLIDER o Redes Temáticas aprobadas en la convocatoria 2014 de la modalidad 3, Redes Excelencia, del Subprograma Estatal de Generación del Conocimiento (Programa Estatal de Investigación Científica y Técnica de Excelencia), enmarcado en el Plan Estatal de I+D+I 2013-2016. Conceptos susceptibles de ayuda

Las ayudas previstas en esta convocatoria se destinarán a cubrir los gastos relacionados con el desarrollo y ejecución de las actividades para las que hayan sido concedidas.

El presupuesto de los proyectos se presentará únicamente en la modalidad de costes marginales, sea cual sea la condición del beneficiario. Las ayudas podrán financiar hasta el 100 por 100 de los costes marginales solicitados.

En el concepto de costes directos serán elegibles los siguientes gastos, siempre que estén directamente relacionados con la red y se imputen dentro del período de ejecución de la actuación: a) Gastos de personal; Gastos derivados de la organización y asistencia a actividades científico-técnicas de la red, tales como reuniones, comités, jornadas o seminarios; c) Gastos derivados del desarrollo y utilización de herramientas web e informáticas para la difusión de las actividades de la red y el registro de sus resultados; o gastos derivados de actuaciones para facilitar el acceso público competitivo a las infraestructuras de la red; d) Gastos derivados del preceptivo informe de auditoría requerido en caso de cambio de entidad beneficiaria, con un límite de 1200 euros; e) Gastos de subcontratación de hasta un 25 % de la cuantía total de la ayuda concedida (50 % en el caso de las Redes ICTS y de las Redes Estratégicas).

No se financiará el concepto de costes indirectos.