VolverConvocatoria: CENTROS DE EXCELENCIA SEVERO OCHOA 2013

Datos de la convocatoria

Nombre CENTROS DE EXCELENCIA SEVERO OCHOA 2013
Categoría Acciones complemetarias > Organismos Públicos > Nacional
Estado de la convocatoria Cerrada Cerrada
Entidad financiadora MINISTERIO DE ECONOMIA Y COMPETITIVIDAD
Fecha interna 31/12/2013
Fecha oficial 31/12/2013
Documento adjunto No hay documento adjunto
Resolución provisional Aun no hay resolución provisional
Resolución definitiva Aun no hay resolución definitiva

Plazo: Prevista publicación.

Resumen de la convocatoria:

Convocatoria cuya finalidad es fortalecer las capacidades de investigación y el liderazgo científico internacional de las instituciones científicas del sector público existentes en España, que ejecuten directamente actividades de investigación fundamental de frontera, y que:

demuestren haber alcanzado un nivel de excelencia científica reconocido internacionalmente.

se comprometan a desarrollar un programa de investigación que permita al Centro/Unidad fortalecer su liderazgo científico.

Requisitos de los Solicitantes:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas:

a) Organismos públicos de investigación.

b) Las universidades públicas, sus institutos universitarios.

c) Otros centros públicos de I+D.

d) Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen, con medios propios, actividades de I+D en la frontera del conocimiento.

Requisitos de los candidatos:

Para poder ser candidatos a Centros/unidades de excelencia Severo Ochoa:

Estar legalmente constituidos.

Designar un único director científico.

Disponer de, además del director científico de al menos, diez investigadores garantes (Doctores en activo, funcionarios o con vinculación laboral a la entidad beneficiaria, adscritos con dedicación exclusiva y a tiempo completo al Centro/Unidad, cuya producción científica durante el período de referencia tenga un impacto normalizado superior a 1.5 respecto al valor medio mundial en sus respectivas áreas de especialización. Además, han de haber sido investigadores principales de proyectos de investigación concedidos en el período desde el 1 de enero de 2007 al 31 de diciembre de 2011, del Subprograma Nacional de Proyectos de Investigación Fundamental no orientada, perteneciente al Programa Nacional de Proyectos de Investigación del VI Plan Nacional de I+D+i 2008-2011, prorrogado para 2012 por acuerdo del Consejo de Ministros en su reunión de 7 de octubre de 2011, o de planes nacionales anteriores, o bien de proyectos de investigación del Programa Marco de Investigación, Desarrollo e Innovación de la Unión Europea).

Todos los investigadores incluidos en la solicitud deberán estar en situación laboral de servicio activo en el Centro/Unidad en el momento de presentar la correspondiente solicitud.

Impacto normalizado de producción científica para el período 2007-2011 superior a 1.5.

Cómo se solicita:

Las solicitudes se presentarán a través de las aplicaciones electrónicas disponibles en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación en el apartado “Procedimientos y servicios electrónicos”.

El director científico del Centro/Unidad cumplimentará el formulario electrónico de la solicitud y adjuntará los ficheros electrónicos de los documentos exigidos, que en el caso de la memoria científica de actividad, el programa de investigación y los currículum vítae deberán estar todos ellos en lengua inglesa ( se recomienda la lectura del art. 17 de la convocatoria ).

Cada solicitud se referirá únicamente a un Centro/Unidad.

Una misma entidad podrá presentar solicitudes distintas para los Centros/Unidades pertenecientes a su organización que cumplan los requisitos.

Las solicitudes se encuadrarán en una de las siguientes grandes áreas temáticas:

Ciencias de la Vida y Biomedicina.

Matemáticas, Ciencias Experimentales e Ingenierías.

Ciencias Humanas y Sociales.

Cuantía:

1.000.000€/año.

Duración:

Cuatro años.

Criterios de evaluación:

Memoria Científica de Actividades del Centro/Unidad, hasta 100

puntos. Umbral > 90 puntos.

Organización y capacidades de gestión del Centro/Unidad, hasta 10 puntos.

Resultados de la investigación 2007-2011, hasta 35 puntos. Umbral > 30 puntos.

Equipo y medios humanos y materiales disponibles en el

Centro/Unidad, hasta 30 puntos. Umbral > 20 puntos.

Formación e incorporación, hasta 10 puntos.

Liderazgo internacional, hasta 10 puntos.

Fuentes de financiación, hasta 5 puntos.

Programa de investigación propuesto para 2014-2017, hasta 100 puntos. Umbral > 90 puntos.

Objetivos científicos y estratégicos del programa de investigación 2014-2017, hasta 40 puntos. Umbral > 30 puntos.

Actividades de formación e incorporación de investigadores, hasta 25 puntos. Umbral > 20 puntos.

Internacionalización y otras colaboraciones, hasta 15 puntos.

Resultados esperados, explotación y difusión, hasta 10 puntos.

Oportunidad y viabilidad, hasta 10 puntos.

La medida aritmética de las puntuaciones totales correspondientes a la memoria de actividades científicas y al programa de investigación deberá ser superior a 95 puntos.

Más información:

Bases reguladoras

Convocatoria

INCOMPATIBILIDADES IMPORTANTE

La ayuda para Centros/Unidades de excelencia Severo Ochoa es incompatible con cualquier otra que pudiera haberse recibido para el mismo Centro/Unidad dentro del Plan Nacional de Fortalecimiento Institucional y de las Acciones Estratégicas del VI Plan Nacional de I+D+i.

Cuando una entidad hubiese obtenido para alguno de sus Centros/Unidades la subvención correspondiente en alguna de las convocatorias del Subprograma de Apoyo a Centros y Unidades de Excelencia Severo Ochoa, no podrá beneficiarse de otra subvención con cargo a esta convocatoria para el mismo Centro/Unidad, en tanto la subvención obtenida se encuentre en período de ejecución.

No se podrán financiar a través de esta convocatoria solicitudes de Centros/Unidades resultantes de la desagregación de otros previamente acreditados y financiados con cargo al Subprograma de Apoyo a Centros y Unidades de Excelencia Severo Ochoa.

No se podrán financiar centros acreditados siguiendo el Real Decreto 339/2004, de 27 de febrero, sobre acreditación de institutos de investigación sanitaria y financiados a través de la Acción Estratégica de Salud del VI Plan Nacional de I+D+i.

No podrán financiarse las solicitudes de Centros/Unidades que ya estén acreditados como centros de excelencia por cualquier otra iniciativa pública de ámbito estatal o autonómico con idénticos objetivos y finalidad.