| Nombre | AYUDAS TORRES QUEVEDO 2024 |
|---|---|
| Tipo de ayuda | Recursos humanos > Posdoctoral y/o Médicos especialistas |
| Ámbito | Nacional |
| Estado de la convocatoria | Cerrada |
| Entidad financiadora | AGENCIA ESTATAL DE INVESTIGACIÓN |
| Naturaleza financiación | bbpxc3xbablica |
| Grupo profesional | |
| Especialidad | (0 en total) |
| Fecha límite Fibao | 23/01/2025 |
| Fecha oficial | 28/01/2025 |
Código de la convocatoria:
MINECO-PEPTE-RRHH-TQ-2025
Presentación de solicitudes:
Desde el 18/12/2024 00:00h hasta el 28/01/2025 14:00h (horario peninsular).
Objeto:
Ayudas para promover la realización de proyectos de investigación industrial, de desarrollo experimental o estudios de viabilidad previos en empresas, centros tecnológicos de ámbito estatal, centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal, asociaciones empresariales y parques científicos y tecnológicos, para los que sea necesaria la contratación laboral de personas con el grado de doctor.
Resumen de la convocatoria:
La finalidad de estas ayudas es promover la realización de proyectos de investigación industrial, de desarrollo experimental o estudios de viabilidad previos en empresas, centros tecnológicos, centros de apoyo a la innovación tecnológica, asociaciones empresariales y parques científicos y tecnológicos, para los que sea necesaria la contratación laboral de personas con el grado de doctor, a fin de favorecer la carrera profesional del personal investigador, así como estimular la demanda en el sector privado de personal suficientemente preparado para acometer planes y proyectos de I+D, y ayudar a la consolidación de empresas tecnológicas de reciente creación.
La cuantía de las ayudas se determinará en función del coste de contratación (la suma de la retribución dineraria bruta más la cuota empresarial de la Seguridad Social), del tipo de proyecto y del tipo de entidad, teniendo en cuenta que la intensidad de las ayudas podrá estar entre el 25 y el 70%. El coste de contratación máximo financiable anual por ayuda por este concepto no podrá ser superior a 56.000 euros, sin perjuicio de que la retribución bruta que figure en el contrato pueda resultar en un gasto de contratación superior. Por otro lado, solo serán financiables aquellos costes de contratación que resulten de retribuciones brutas anuales iguales o superiores a 28.500 euros.
Requisitos de los solicitantes:
Podrán ser solicitantes y beneficiarias de las ayudas, las siguientes entidades, siempre y cuando estén válidamente constituidas en el momento de la presentación de la solicitud de ayuda, tengan residencia fiscal o un establecimiento permanente en España y que tengan capacidad de contratación laboral:
- Las empresas, entre las que se incluyen las empresas «spin-off» y las JEIs (Jóvenes Empresas Innovadoras).
- Los centros tecnológicos.
- Los centros de apoyo a la innovación tecnológica.
- Las asociaciones empresariales.
- Los parques científicos y tecnológicos.
Cómo se solicita:
Documentación necesaria:
- «Curriculum vitae» abreviado (en adelante, CVA) de la persona propuesta.
- Memoria de la actividad de I+D a realizar por la persona propuesta, con una indicación expresa del proyecto concreto de investigación industrial, de desarrollo experimental o del estudio de viabilidad previo a cuya realización se asigna la persona propuesta, indicando las tareas que desarrollará.
- Copia del título de doctor/a o de la certificación académica de estar en posesión del grado de doctor en la fecha de presentación de la solicitud de la persona propuesta, únicamente en el caso de que la persona propuesta haya obtenido el título de doctor/a en una universidad extranjera.
- En el caso de las asociaciones empresariales, certificación de inscripción en el correspondiente registro de asociaciones empresariales.
- En el caso de entidades empresariales que no tengan obligación de registrar sus cuentas en el Registro Mercantil, o no tengan alguna de las cuentas correspondientes a los dos últimos ejercicios (2022 y 2023) registradas en el Registro Mercantil deberán presentar las cuentas cerradas y auditadas (o aprobadas, su caso, por los administradores de la entidad) de los dos últimos ejercicios (2022 y 2023). En el caso de entidades empresariales que tengan las cuentas de los dos últimos ejercicios (2022 y 2023) registradas en el Registro Mercantil no tendrán que aportar ninguna información.
- En caso de que la entidad solicitante delegue la gestión de la solicitud en otra entidad ajena, autorización expresa para dicha gestión, usando el modelo recogido en la página web de la agencia.
- Quienes participen en el turno de personas con discapacidad deben hacerlo constar en el formulario de solicitud y adjuntar documento acreditativo de un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
Podrá encontrar los modelos e información de solicitud en este enlace.
Presentación de solicitudes:
La presentación de la solicitud a esta convocatoria se realizará a través de las aplicaciones telemáticas que estarán disponibles en la sede electrónica del Ministerio.
Cuantía:
20.100.000€
Duración:
Tres años.
Más información:
Orden de bases reguladoras (29 de octubre de 2022)
Extracto de resolución (publicado en BOE)
Resolución de la convocatoria (BDNA)
Información extraída de la web de la ayuda. En caso de posible incongruencia, prevalecerá la información proporcionada por el organismo financiador en sus medios oficiales.
















